Patricia Villegas Díaz, Abogada, Académica UCEN Región Coquimbo
La Ley N° 21.282, del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, publicada recientemente,surgió de una moción de las diputadas Loreto Carvajal Ambiado, DaniellaCicardini Milla, Maya Fernández Allende, Marcela Hernando Pérez, Carolina Marzán Pinto, Claudia Mix Jiménez, Ximena Ossandón Irarrázabal, Alejandra Sepúlveda Orbenes y Gael YeomansAraya; y del diputado Pablo Vidal Rojas.
En los antecedentes de esta norma se encuentra el informe de los autores de este proyecto, quienes señalan que como país, en los últimos diez años, hemos avanzado“en la protección y fomento de los derechos de las mujeres y en la instalación dentro del debate público de ciertas prácticas normalizadas y socialmente aceptadas durante décadas que implicaban menoscabo en la dignidad de las mujeres, como el acoso en todas sus manifestaciones, el maltrato, la cosificación del cuerpo femenino e incluso, el empleo de un lenguaje machista”. (Diputada informante, señora Loreto Carvajal Ambiado.).
Agregan que, entre estos avances, destacan la introducción en el ordenamiento jurídico del concepto de “femicidio”, para referirse y sancionar legalmente y como delito el asesinato de una mujer bajo ciertas circunstancias. Y estiman además que “este logro ha sido el resultado de una incansable lucha feminista de reivindicación de los derechos de las mujeres, como respuesta a una sociedad machista que durante muchos años avaló la violencia contra la mujer e incluso ignoró situaciones brutales como la pérdida de la vida de una mujer en manos de su pareja”.
Según la misma ley dispone, esta“tiene por objeto conmemorar el día 19 de diciembre de cada año como el Día Nacional Contra el Femicidio en Chile, con la finalidad de visibilizar este delito como la forma más extrema de violencia contra las mujeres, y de dignificar la memoria de quienes han sido víctimas de femicidio, reconociendo a su vez el aporte del movimiento feminista en la erradicación de la violencia contra las mujeres en nuestro país”.
La normativa en su artículo segundo indica que“los establecimientos educacionales, las organizaciones sociales y de la sociedad civil podrán realizar actos y/o actividades conmemorativas en esta fecha, contribuyendo especialmente a prevenir y erradicar toda violencia contra las mujeres y como una forma de reparación digna para quienes han sido víctimas de femicidio”.
Por eso es tan importante que contribuyamos a la difusión de sus alcances, considerando que este próximo 19 de diciembre será la primera vez que esta norma pueda tener aplicación práctica a través de iniciativas concretas de conmemoración.