El ministro en visita para causas de Derechos Humanos, Mario Carroza, estableció el cumplimiento de dos penas de 15 años de presidio para el exfrentista Mauricio Hernández Norambuena, más conocido como “Comandante Ramiro”. Con esto, se acoge el tratado de Mercosur, en base al cual Chile logró extraditar al exsubversivo, rebajándose las dos penas que originalmente contemplaban dos perpetuas simples, de 20 años cada una.
A los 30 años con que quedaría su pena se le restarán además los 3 años que cumplió en Chile antes de fugarse de la Cárcel de Alta Seguridad en 1996, y los 12 días que estuvo en Brasil detenido sólo para fines de extradición.
En su fallo, Carroza reconoció a Hernández un total de 1.256 días de presidio de cumplimento de pena divididos en dos periodos. Un total de 1.244 días por el tiempo que permaneció en cumplimiento de pena entre el 5 de agosto de 1993 y el 30 de diciembre de 1996, y los 12 días que estuvo detenido en Brasil, apto para ser extraditado a Chile, entre el 8 y el 19 de agosto recién pasado.
Se trata de la tercera petición que ha zanjado el juez Carroza en relación al exfrentista, quien llegó a Chile el 20 de agosto, luego de que fuera extraditado desde Brasil. Con todo, la decisión es apelable, pudiendo incluso llegar hasta la Corte Suprema.
La primera solicitud resuelta por Carroza era la de media prescripción planteada por su defensa para lograr una primera rebaja a la condena de Hernández Norambuena, tal como lo habían hecho en 2017, cuando el juez lo aceptó rebajando de 40 a 30 años el total de la pena que debía cumplir por el asesinato de Jaime Guzmán y el secuestro de Cristián Edwards.
Sin embargo esa vez la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la resolución de Carroza, por estimar que no se cumplía el tiempo requerido por el artículo 103 del Código Penal, que regula la aplicación de la prescripción gradual. Argumentos que esta vez utilizó el juez para no acoger la actual solicitud.
La segunda petición fue realizada por la familia de Jaime Guzmán y la UDI, quienes pidieron que el crimen del senador fuese considerado como un delito de lesa humanidad, buscando de esa forma que se declarara imprescriptible, pero el juez no lo aceptó.
Fuente: BiobioChile