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Este miércoles comienza periodo de propaganda para el plebiscito 2020: ¿qué se puede hacer y qué no?

A través de banderazos, concentraciones y puerta a puerta se dará inicio al periodo de propaganda electoral de cara al Plebiscito del próximo 26 de abril, donde los chilenos se pronunciarán sobre la posibilidad de una nueva Constitución y sobre qué organismo redactará el nuevo texto en caso de que triunfe la opción “apruebo”.

Desde este miércoles 26 de febrero, los partidos políticos, parlamentarios independientes y organizaciones en general podrán desplegar propaganda a través de la prensa y radioemisoras. Junto con esto, tendrán permitido hacer campaña a través de activistas o brigadistas en las calles, mediante el uso de banderas, lienzo u otros elementos no fijos.

También tendrán la posibilidad de entregar material impreso u otro tipo de objetos informativos (como dípticos o revistas).

Según detalla el presidente del Consejo Directivo del Servel, Patricio Santamaría, el periodo de propaganda se extenderá hasta el 23 de abril, por lo que “toda propaganda que se haga fuera de este plazo, está incumpliendo la ley y por ende puede ser sancionada”.

La propaganda en las calles se sumará a la franja televisiva, la que -sin embargo-comenzará el 27 de marzo y se emitirá en dos horarios.

De cara a este proceso, en T13 aclaramos algunas de las principales dudas sobre la propaganda electoral.

¿Dónde se puede instalar propaganda?

Se podrá instalar propaganda en lugares plazas, parques u otros lugares públicos autorizados por el Servel, siempre y cuando no superen los dos metros cuadrados.

Los lugares públicos fueron definidos por el Servel, y se pueden revisar en el siguiente enlace, donde deberás ingresar la región y comuna donde deseas consultar.

En cuanto a los espacios privados, la propaganda puede ser mediante afiches, carteles o letreros, los que no deben exceder los 6 metros cuadrados. Además, los propietarios de los lugares donde se instale la propaganda, deben autorizar por escrito el uso del lugar, mediante un formulario especial para ello.

¿Donde no se puede instalar propaganda?

Suena obvio pero no está de más recordarlo: en los espacios públicos que no aparecen en la nómina delServel no está permitido desplegar propaganda. 

Entre los espacios donde está prohibido instalar propaganda se encuentran las paradas de transporte público, estaciones de ferrocarriles o de metro, o postes del alumbrado, del tendido eléctrico, telefónicos, de televisión u otros de similar naturaleza.

Tampoco puede haber propaganda en centros de salud, centros educacionales, centros comunitarios, y casetas de seguridad ciudadana, entre otros.

Y, como parte de la nueva ley electoral que debutó en 2016, se estableció un límite en el tamaño de los carteles: 2 metros cuadrados máximo para lugares públicos y 6 metros cuadrados para espacios privados.

Tampoco están permitidas las “palomas”, como se denominaba a los afiches desplegados en los postes de luz.

Pero hay otras prohibiciones: no se puede portar carteles en el pick up de camionetas, instalar carteles o palomas en la parte superior de los automóviles, y poner propaganda en vehículos de transporte de pasajeros.

Tampoco se permitirá la propaganda mediante medios aéreos, y el uso de parlantes, altavoces itinerantes o elementos similares. Además también está prohibida la exhibición de propaganda en cines, televisión abierta o limitada y en radios comunitarias o experimentales.

¿Qué pueden entregar los brigadistas?

Los comandos podrán regalar objetos como chapitas, lápices, productos orgánicos menores que contengan un mensaje de campaña, y volantes.

Sin embargo no podrán entregar botellas ni productos orgánicos de mayor envergadura. Tampoco podrán darle dinero en efectivo. En caso contrario, se incurre en cohecho.

Además, es obligación de cada comando tener un registro de los brigadistas y voluntarios que participan en la campaña, y denunciar cualquier hecho que pueda ser constitutivo de delito.

¿Cómo denunciar propaganda irregular?

El Servel cuenta con una plataforma de denuncias de eventuales irregularidades. De hecho, en la última elección presidencial se ingresaron más de 2 mil reclamos, principalmente referidos a instalación de propaganda en lugares no habilitados.

Para denunciar, debes ingresar a este enlace, o bien hacer click en la imagen desplegada a continuación. Sin embargo, es necesario contar con Clave Única.

Las multas que arriesgan quienes incumplan la normativa

En cuanto a las multas, estas van desde las 10 a 100 UTM y si esta es realizada fuera de los plazos establecidos la sanción va de 20 a 200 UTM a beneficio municipal.

 

FUENTE T13

 

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