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Diputados rechazan bono de $50 mil por crisis del COVID-19 y piden aumentarlo

La Cámara de Diputados, con votos de la mayoría opositora, rechazó el monto de $50 mil que había propuesto el Gobierno para ir en ayuda de las familias que están siendo afectadas por las secuelas económicas derivadas de la propagación de coronavirus.

La propuesta del Ejecutivo obtuvo 56 votos a favor, 53 en contra y una abstención, por lo que no se alcanzó el quórum de 78 votos favorables que exigía la entrega de este bono de cargo fiscal.

La norma en cuestión indicaba que la Superintendencia de Seguridad Social proporcionará al Instituto de Previsión Social las nóminas de los beneficiarios y sus causantes del subsidio familiar.

A su vez, se señalaba que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia remitirá al Instituto las nóminas de potenciales beneficiarios del bono que sean usuarios del Subsistema “Seguridades y Oportunidades”.

Tras su rechazo los diputados aprobaron una indicación propuesta por una parte de la oposición en relación a que el aporte, denominado Bono Covid llegue al menos a los $100 mil por carga o se asimile al Subsidio Único Familiar de $164 mil.

Ante esta situación el subsecretario de Hacienda, Francisco Moreno, hizo reserva de constitucionalidad asegurando que no se presentó un informe financiero para demostrar de dónde saldrá el dinero que es de gasto fiscal.

Respecto del texto planteado originalmente, se aprobó que el bono se pague por el Instituto de Previsión Social (IPS) en una sola cuota, a más tardar dentro de los 90 días siguientes a la publicación de la ley.

Al efecto, el IPS podrá celebrar convenios directos con una o más entidades públicas o privadas, que cuenten con una red de sucursales que garantice la cobertura nacional del bono que crea esta ley, incluyendo al Banco del Estado de Chile.

Luego, la iniciativa reduce transitoriamente a 0% la tasa del impuesto de Timbres y Estampillas, aplicable a las operaciones de crédito de dinero que se efectúen entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de este año.

Según explicó el Ejecutivo, con esta medida se espera que disminuyan considerablemente los costos de los créditos que soliciten las empresas y las personas, permitiéndoles obtener nuevos recursos para hacer frente a la difícil situación económica actual.

Para lo anterior, el texto especifica la aplicación de la norma transitoria para las líneas de emisión de bonos o de títulos de deuda de corto plazo cuya primera colocación se realice dentro del periodo indicado, así como de los efectos en otras normas de carácter tributario relacionadas a este impuesto.

Un tercer punto pasa por entregar una autorización al ministro de Hacienda para que, en un plazo de hasta doce meses, realice un aporte extraordinario de capital a BancoEstado por un monto de hasta $500 millones de dólares, que se suma a la capitalización extraordinaria efectuada en noviembre de 2019, por el mismo monto (Ley 21.187).

Adicionalmente, dentro del mismo plazo de doce meses, se deberá informar a las Comisiones de Hacienda de la Cámara y del Senado, el destino de los recursos y los criterios de asignación.

El proyecto de ley, ahora enviado al Senado para su segundo trámite, comprende también medidas para incrementar el flujo de recursos fiscales disponibles y para llevar a cabo la implementación del citado Plan Económico de Emergencia, que considera movilizar recursos fiscales por $11.750 millones de dólares.

En este marco, se suspende por dos años el aporte anual que debe hacer el fisco al Fondo de Reserva de Pensiones, creado en la Ley 20.128, sobre Responsabilidad Fiscal, y se autoriza la posibilidad de obtener financiamiento adicional, en Chile o en el extranjero, hasta por $4.000 millones de dólares, de modo complementario al ya aprobado en la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2020.

Además, se modifica el Decreto Ley 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, para hacer más eficiente la administración de los recursos fiscales.

Según argumentó el Ejecutivo sobre este punto, diversos cuerpos legales permiten que servicios e instituciones públicas conserven la recaudación de ingresos de operación, multas, tasas y otros, en un contexto donde todos los pagos de dichas entidades se encuentran contenidos en la Ley de Presupuestos de cada año.

En dicho plano, se estimó más eficaz que esa recaudación se administre como parte de la cuenta única fiscal, de modo que se puedan usar donde sea más prioritario y urgente.

Así la norma aprobada indica que la “cuenta principal se destinará al ingreso de las recaudaciones y al egreso de los giros globales.

Estos últimos deberán depositarse en las cuentas que correspondan. Todas las recaudaciones deberán ser transferidas a la cuenta principal de la Cuenta Única Fiscal, según lo instruya el ministro de Hacienda”.

En este marco, también se modifica la Ley 21.174, que Establece Nuevo Mecanismo de Financiamiento de las Capacidades Estratégicas de la Defensa Nacional, para aumentar en 18 meses el plazo para el traspaso de los saldos que deben hacerse al Fondo de Contingencia Estratégica.

Por último, se define que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley se financiará con cargo a la Partida del Tesoro Público.

 

Fuente: 24horas.cl

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