COVID-19: 78% de las casas de estudios fiscalizadas por la SES cumplió con los mínimos exigidos
- De las 45 casas de estudio evaluadas, 35 acreditaron un logro igual o superior al 80% en las áreas supervisadas, mínimo establecido por la Superintendencia de Educación Superior.
- Las instituciones que no alcanzaron el piso requerido concentran sólo un 1,3% de la matrícula sujeta a fiscalización.
La Superintendencia de Educación Superior (SES) informó que 35 de las 45 instituciones sometidas al Plan Especial de Fiscalización, orientado a evaluar la entrega del servicio educativo en el contexto de la pandemia por COVID-19, lograron superar el mínimo establecido.
Para el órgano regulador, el resultado da cuenta de que un número importante de las instituciones de educación superior fiscalizadas, equivalente a un 78%de éstas, fue capaz de implementar medidas suficientes en los ámbitos de gestión académica y administrativa, las que le han permitido enfrentar el desafío de la migración transitoria desde las clases presenciales a una modalidad de enseñanza a distancia, procurando hacerlo en condiciones razonablemente equivalentes a las contratadas inicialmente por los estudiantes.
Para evaluar el desempeño de las Instituciones durante el período evaluado, la SES estableció como umbral de logro el que las instituciones superasen un mínimo de 80% de las 16 dimensiones sujetas a evaluación.
Si bien un 22,2% de las instituciones fiscalizadas no fue capaz de dar cumplimiento al mínimo establecido, su incidencia en el estudiantado total es muy acotada, alcanzando sólo un 1,3% de la matrícula sujeta a fiscalización. Lo anterior, permite a la SES establecer que la mayor parte de los estudiantes que cursan programas académicos en las instituciones fiscalizadas, lo hacen en condiciones razonablemente equivalentes a las propias de la educación presencial, considerando las restricciones de la actual situación sanitaria.
En cuanto a las 10 instituciones que no alcanzaron a cumplir con el piso exigido, cinco de ellas se encuentran en el rango entre un 50% y un 80% de logro, por lo que la Superintendencia les requirió la adopción de medidas que les posibiliten, en el corto plazo, superar las brechas de incumplimiento, para así alcanzar el estándar mínimo.
En el caso de las cinco institucionesrestantes, al no haber sido capaces de acreditar medidas en al menos un 50% de las dimensiones establecidas, se les aplicará un procedimiento sancionatorio, en el que se pueden aplicar multas de hasta 10 mil UTM.
Tabla 01: Instituciones seleccionadas para el Plan Especial de Fiscalización de la Superintendencia
UNIVERSIDADES FISCALIZADAS | IINSTITUTOS PROFESIONALES FISCALIZADOS | CENTROS DE FORMACIÓN TÉCNICA FISCALIZADOS |
UNIVERSIDAD ACADEMIA DE HUMANISMO CRISTIANO | IP AIEP | CFT CAMARA DE COMERCIO DE SANTIAGO |
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO | IP DE ARTES ESCENICAS KAREN CONNOLLY | CFT CEITEC |
UNIVERSIDAD BERNARDO O’HIGGINS | IP DE ARTE Y COMUNICACION ARCOS | CFT DE LA INDUSTRIA GRAFICA |
UNIVERSIDAD CENTRAL DE CHILE | IP DE CHILE | CFT DEL MEDIO AMBIENTE |
UNIVERSIDAD DE ATACAMA | IP DIEGO PORTALES | CFT EDUCAP |
UNIVERSIDAD DE LAS AMÉRICAS | IP DUOC UC | CFT ESTUDIO PROFESOR VALERO |
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE | IP ESCUELA DE CINE DE CHILE | CFT INACAP |
UNIVERSIDAD GABRIELA MISTRAL | IP ESCUELA MODERNA DE MÚSICA | CFT IPROSEC |
UNIVERSIDAD MAYOR | IP ESUCOMEX | CFT JUAN BOHON |
UNIVERSIDAD PEDRO DE VALDIVIA | IP INACAP | CFT LAPLACE |
UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN | IP IPG | CFT MASSACHUSETTS |
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS | IP LOS LEONES | CFT PROANDES |
UNIVERSIDAD SEK | IP PROJAZZ | CFT PROFASOC |
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP | IP PROVIDENCIA | CFT SANTO TOMAS |
UNIVERSIDAD UNIACC | IP SANTO TOMAS | CFT TEODORO WICKEL |
“Producto de la pandemia, las instituciones de educación superior del país debieron seguir impartiendo enseñanza, pero ahora con la difícil tarea de equilibrar el resguardo de la salud de sus comunidades con el derecho a la educación de sus estudiantes.
En ese contexto, es una muy buena noticia que el 78% de las casas de estudios evaluadas en este Plan Especial de Fiscalización hayan superado el mínimo exigido, acreditando con ello la adopción de medidas alternativas que permitieran entregar un servicio educacional en condiciones razonablemente equivalentes a las que regían previo a la emergencia”, señaló el superintendente Jorge Avilés.
Las dimensiones mejor logradas por las instituciones en el Plan Especial de Fiscalización corresponden a aquellas relacionadas con la aplicación de medidas en los ámbitos de: reordenamiento y ajuste curricular; habilitación de canales de comunicación para la comunidad educativa; capacitación a estudiantes y docentes y; resguardo de la continuidad operativa para los servicios académicos y administrativos de apoyo.
Por el contrario, en las dimensiones que alcanzaron un nivel de logro más bajo se incluyen las siguientes: evaluación de los niveles de satisfacción de la comunidad educativa respecto de la impartición de la docencia en modalidad virtual; levantamiento diagnóstico de las condiciones de acceso y conectividad de la comunidad educativa para el uso de plataformas virtuales; implementación de medidas de contingencia a partir del levantamiento diagnóstico e; implementación de medidas de apoyo extraacadémico, con especial énfasis en aquellas de tipo psicológico y socio emocional.
Este plan especial de fiscalización fue el primer ejercicio a gran escala que registra la SES en menos de un año y medio de gestión, considerando que sometió a fiscalización de manera simultánea a 45 instituciones, lo que representa casi un tercio de las casas de estudio del sistema. Lo anterior es relevante, además, porque dichas instituciones abarcan un 53,5 % del total de la matrícula de pregrado, lo que representa, a su vez, un 83% de la matrícula de centros de formación técnica; un 67,8% de la de institutos profesionales y casi un 34% de la universitaria.
La SES fiscalizará, además, que aquellas instituciones a las que les fue requerida la adopción de medidas cumplan con dichas exigencias para alcanzar los mínimos establecidos por esta Superintendencia. Asimismo, se sustanciarán los respectivos procedimientos administrativos sancionatorios en aquellos casos mencionados.
Finalmente, se hace presente que las casas de estudio deben planificar, en atención a su realidad particular, el conjunto de medidas que aplicarán para la normalización de la entrega de los servicios educacionales en la forma originalmente convenida con sus estudiantes, una vez que las condiciones sanitarias lo permitan.
Fuente: Superintendencia de Educación Superior