Entre las cuales se destaca:
-25 agosto: Se publicó la nómina de espacios para Propaganda Electoral en pág. web. del Servicio.
-26 agosto: Se inicia período de propaganda electoral.
- Por medio de prensa y radio emisoras.
- Por activistas o brigadistas en la vía pública, mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen la o las opciones del Plebiscito o la entrega de material impreso u otro tipo de objetos informativos.
- En los lugares calificados como plazas, parques u otros lugares públicos autorizados.
- En espacios privados, mediante carteles, afiches o letreros, con autorización del propietario, poseedor o mero tenedor del inmueble.
(Arts., 31, 35 y 36, Ley 18.700)
-26 agosto:El Servicio Electoral determina y pública en su sitio web los Padrones Electorales con carácter de definitivos y Nómina definitiva de electores inhabilitados para sufragar (Art. 34, Ley N°18.556).
La Directora Regional, María Isabel Barón Cailly, insta a los electores a revisar sus datos electorales.