Cerrar

Caldera: Vecinas ayudan a mujer que fue subida a un vehículo, resultando víctima de robo

Alto impacto generó este fin de semana en la comuna de Caldera la información que se refería a un posible caso de secuestro frustrado de una mujer, lo que se difundió ampliamente por las redes sociales.

Respecto de este caso, fue la propia alcaldesa de Caldera, Brunilda González la que se refirió al tema, mediante su cuenta personal de Facebook señalando que “La información del ataque y secuestro frustrado de hoy (domingo) a una mujer es real. La joven, gracias a la ayuda oportuna de vecinas de Caldera, fue liberada y arrojada del vehículo, generándole lesiones que fueron atendidas en SAPU”.

Según agregó González Ánjel, “La víctima realizó la denuncia a Carabineros, quienes se encuentran investigando este hecho de gravedad. El Centro Integral de la Mujer del Municipio pondrá todo el apoyo psicológico y legal que se requiera, y que no impida el trabajo de las policías y fiscalía”.

Por su parte, Carabineros de la III Zona Atacama, informó que “Este domingo a las 20:50 horas se presenta en el Servicio de Guardia de la Subcomisaría de Caldera una mujer que da cuenta que en Calle Cifuentes con Crisogono Sierra y Velásquez de Caldera, siendo las 20:40 horas aproximadamente fue víctima del robo de especies personales por parte de tres individuos desconocidos, dos hombres y una mujer, quienes la obligaron a subir a un vehículo color oscuro donde luego de agredirla con golpes le arrebataron sus especies siendo posteriormente bajada del móvil a la fuerza”.

Se indica además que el “Fiscal de turno Álvaro Córdova Carreño, dispuso dar cuenta del hecho y que concurrieran al sitio del suceso, Labocar y SIP, a efectuar las pericias correspondientes”.

Respecto de las lesiones sufrida por la víctima, se indicó que estas fueron de carácter leve.

En el caso de esta investigación, la denuncia realizada por la víctima corresponde a un robo y no un posible secuestro.

QUE DICE LA LEY

Según lo explica el sitio web bcn.cl, el Código Penal, en su artículo 141: El que sin derecho encerrare o detuviere a otro privándole de su libertad, comete el delito de secuestro y será castigado con la pena de presidio o reclusión menores en cualquiera de sus grados.

En la misma pena incurrirá el que proporcionare lugar para la ejecución del delito.

Si se ejecutare para obtener un rescate o imponer exigencias o arrancar decisiones será castigado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo a medio.

Si en cualesquiera de los casos anteriores, el encierro o la detención se prolongare por más de quince días o si de ello resultare un daño grave en la persona o intereses del secuestrado, la pena será presidio mayor en su grado medio a máximo.

El que con motivo u ocasión del secuestro cometiere además homicidio, violación, o algunas de las lesiones comprendidas en los artículos 395, 396 y 397 N° 1, en la persona del ofendido, será castigado con presidio mayor en su grado máximo a muerte.”

Buenas noches!!! La información del ataque y secuestro frustrado de hoy a una mujer es real. La joven, gracias a la…

Publicado por Brunilda González en Domingo, 6 de diciembre de 2020

(Imagen referencia)

scroll to top