La Comisión de Derechos Fundamentales visó un artículo que dice que “su ejercicio deberá ser compatible con los con los derechos consagrados en esta Constitución, la protección de la naturaleza y con el interés general”.
A pesar de que había 32 indicaciones presentadas, los constituyentes de Derechos Fundamentales aprobaron solo cuatro que modifican la redacción del la libertad de emprender y desarrollar actividades económicas que visaron en general los primeros días de febrero.
Durante esta tarde, la instancia discutió y votó en particular los artículos correspondientes al bloque 2 de derechos civiles y políticos, y consagró que “la Constitución asegura a todas las personas naturales y jurídicas la libertad de emprender y desarrollar actividades económicas“.
“Su ejercicio deberá ser compatible con los derechos consagrados en esta Constitución, la protección de la naturaleza y con el interés general”, se lee en el texto.
Además, se visó que “el contenido y los límites de este derecho serán determinados por las leyes que regulen su ejercicio, las que deberán promover el desarrollo de las empresas de menor tamaño y asegurarán la protección de los consumidores”. La última parte se agregó, con 32 votos a favor y 1 abstención.
Asimismo se incluyó un punto sobre colusión de empresas, que dice que “las prácticas de colusión entre empresas y abusos de posición monopólica, así como de concentraciones empresariales que afecten o puedan afectar el funcionamiento eficiente, justo y leal de los mercados y el bienestar de las y los consumidores y usuarios y usuarias, se entenderán como conductas contrarias al interés social. La ley establecerá las sanciones a los responsables y su obligación de reparación integral”.
Ese punto logró 21 votos a favor y 11 en contra.
Uno de los incisos nuevos que se incorporó cosechó 24 votos a favor, 7 en contra y 1 abstención, y reconoce las prácticas productivas de los pueblos originarios, además de buscar que la libertad de emprender respete la identidad de los pueblos.
“La libertad de emprender y desarrollar actividades económicas implica también reconocer las formas y prácticas productivas que desarrollen los pueblos y naciones indígenas de acuerdo a su propio modo de entender el desarrollo, considerando sus prioridades y necesidades”, se aprobó.
“Sin perjuicio de lo anterior, el ejercicio de esta libertad siempre deberá respetar, proteger y salvaguardar la identidad cultural de dichos pueblos, sus manifestaciones identitarias, patrimonio material e inmaterial y todo cuanto ponga en riesgo su existencia y continuidad como pueblos indígenas”, dice el inciso.
Finalmente, se visó una disposición nueva de autoría del convencional Bernardo Fontaine (Ind. RN), por 21 votos a favor y 11 en contra, que establece que “la actividad económica del Estado estará siempre sujeta a criterios de control, transparencia y probidad, los que determinará la ley”.
Fuente: Emol.com