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Pleno de la Convención votará cambios a debatidas normas sobre pluralismo jurídico e inamovilidad de los jueces

Durante esta tarde, la instancia revisará los artículos contenidos en el informe de la comisión de Sistemas de Justicia que fueron rechazados en general y en particular. En el caso de estos últimos, de no ser aprobados, se caerán definitivamente.

El Pleno de la Convención Constitucional revisará este miércoles a partir de las 15:00 horas los cambios realizados por la comisión de Sistemas de Justicia a los artículos que fueron rechazados en general y en particular en la asamblea, destacando la deliberación sobre las normas de pluralismo jurídico e inamovilidad de los jueces.

En total, serán dos artículos que fueron votados en contra de forma general y que fueron modificados con el acuerdo mayoritario de la instancia e incluidos en el “informe de reemplazo”, y siete normas que fueron rechazadas en particular y que se sumaron al “informe de segunda propuesta”.

En el primer caso, se presentaron 18 indicaciones, todas propuestas por los convencionales de Vamos por Chile, Ruggero Cozzi (RN) y Carol Bown (UDI) mientras que en el segundo se revisarán 17 enmiendas ingresadas por esos mismos constituyentes, más algunas realizadas por el constituyente Fuad Chahín (DC).

Entre las de reemplazo, está el artículo cuarto, relacionado a la inamovilidad de los jueces, al cual se le hizo un cambio para despejar las dudas sobre el posible límite de 12 años que se buscaba instalar. De esa forma, se eliminó la parte que señalaba que sería el Consejo de la Justicia el que tendría la facultad de remover a un magistrado.

El nuevo texto que serán analizado esta jornada establece que “las juezas y jueces son inamovibles. No pueden ser suspendidos, trasladados o removidos sino conforme a las causales y procedimientos establecidos por la Constitución y las leyes”. El otro artículo que sufrió cambios y que será votado es el relativo a la “ejecución de las resoluciones”.

A este último, se le reemplazó la frase que señalaba que “los órganos que ejercen jurisdicción” serían los que ejecutarían las resoluciones judiciales, por “los tribunales de justicia”. También se eliminó la opción de que los jueces puedan dar órdenes a “toda otra autoridad o persona” para el cumplimiento de sus decisiones, dejando esa tarea solo a la “fuerza pública”.

En cuanto a las que están en el informe de segunda propuesta, destaca el cambio realizado al artículo sobre pluralismo jurídico, el cual originalmente señalaba que “el Sistema Nacional de Justicia coexiste, en un plano de igualdad, con los Sistemas Jurídicos Indígenas”.

“Es deber del Estado garantizar una adecuada coordinación entre ambos, con pleno respeto al derecho a la libre determinación y los estándares internacionales de derechos humanos interpretados interculturalmente”, añadía el texto inicial, el cual generó amplio debate en la opinión pública.

Ahora, la norma que será votada hoy señala que “el Estado reconoce los sistemas jurídicos de los Pueblos Indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia”.

“Estos deberán respetar los derechos fundamentales que establece esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte. La ley determinará los mecanismos de coordinación, cooperación y de resolución de conflictos de competencia entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales”, indica.

Según explicó a Emol el coordinador de la instancia, Christian Viera (IND-FA), “en el caso que se rechacen las normas propuestas en particular, esas normas se caen”. Es decir, no pueden volver a ser revisadas. “En el caso de que se rechace alguna norma en general, vuelven a la comisión”, dijo.

A su juicio, “hay algunas que son correcciones de redacción muy chiquititas, algunas palabras, pero yo creo que la más importante es la de pluralismo jurídico, el artículo 2, que se vota en general y que establece un principio, que es la existencia y reconocimiento del pluralismo jurídico para el Estado de Chile”.

“El artículo cuarto también es relevante, porque se corrige de las observaciones que vienen del Pleno, en el sentido de no establecer jueces con duración de plazo, que era un inciso problemático y eso es principalmente en las cortes de apelaciones y jueces de instancias”, afirmó.

Según Viera, se trata de “la regla de inamovilidad. Había una regla que establecía plazo y ahora se eliminó una frase que podría haber abierto la posibilidad de plazo. Finalmente, comentó que yo esperaría que se aprueben todas las normas, porque se asumieron las observaciones principales que surgieron tras la discusión del Pleno”.

Cabe recordar que de acuerdo con lo resuelto por la Mesa Directiva de la Convención el pasado 28 de febrero de 2022, la sesión se extenderá por un tiempo máximo de deliberación de 3 horas, en el cual cada convencional dispondrá de hasta 3 minutos, y podrá intervenir una sola vez en el debate.

Fuente: Emol.com

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