La propuesta sería que el Presidente dictara en DFL materias que el Legislativo no tramite por falta de acuerdo o celeridad.
Son decenas -y tal vez centenas- los proyectos de ley que tendrá que implementar el Poder Legislativo siguiendo el mandato de la nueva Constitución, en caso de que esta se apruebe en septiembre. Y para ordenar aquello estarán las disposiciones transitorias que está trabajando la Convención.
Pero que existan los plazos exactos y los mandatos expresos al Congreso no garantiza nada: no hay consecuencias si el Legislativo no los cumple, por lo que parte de la Constitución podría quedar en “letra muerta”. Y eso es lo que los convencionales de Normas Transitorias están buscando subsanar.
El problema parte porque no existe en la actual Constitución, ni en la nueva, una “inconstitucionalidad por omisión del legislador”, lo que sí se puede encontrar en la experiencia comparada.
Por tanto, y según explicó este jueves la vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, “si esos plazos no se cumplen, no hay un efecto de cara al Parlamento, pero sí podría haber un efecto interpretativo que posteriormente signifique la consideración de que ha caducado la posibilidad de dictar estas normas, lo que sería muy grave”.
La alternativa: el DFL
Por eso mismo las sugerencias que han dado esta semana desde el TC, Contraloría y la Corte Suprema es que no se especifiquen plazos exactos para que el Congreso legisle y sí para que el Ejecutivo presente sus proyectos, de tal forma que se lo pueda responsabilizar -con una acusación constitucional, por ejemplo- por no cumplir.
Y en esa línea, el ministro Giorgio Jackson sugirió una alternativa para generar un “incentivo” al Congreso de legislar dichas materias: utilizar los decretos con fuerza de ley.
“Presentado un proyecto de ley y transcurrido el tiempo razonable en el que se le da la oportunidad al Congreso de poder llegar a acuerdo en esas materias, alguien tiene que hacerse responsable. Ahí puede ocuparse una forma similar a la que recomienda el Contralor en materia adecuatoria, en última ratio, en el caso de que el Congreso no se ponga de acuerdo en términos legislativos regulares”.
Pero como los decretos existentes hoy tienen ciertas limitaciones, la solución sería que la Comisión de Normas Transitorias propusiera un artículo en el que se facultara al Ejecutivo a utilizar esta herramienta.
“Nos parece razonable pensar en incentivos para que luego del plazo establecido para la dictación de una determinada regulación y, habiéndose cumplido ese plazo, se produzca otro escenario. Y ese efectivamente puede ser entregarle la potestad al Gobierno de dictar decretos con fuerza de ley para regular todo aquello que el Congreso no fue capaz de regular”, comentó Tomás Laibe (Col. Socialista) este jueves.
¿En todas las materias?
No obstante, lo que afirmó Laibe es que “debiese ser una situación excepcional”, y en eso coinciden la mayoría de los convencionales que estuvieron presentes en la sesión de este jueves. Por eso, lo que se evalúa es darle esta potestad al Presidente solo en casos específicos y tras el cumplimiento de los plazos establecidos.
“Hay que establecer prioridades legislativas, y esas implican identificar cuáles son las urgencias sociales más importantes, por ejemplo la ley de seguridad social, pensiones. La idea es poder darle un mandato, vía disposición transitoria, al Ejecutivo para que presente un proyecto de ley, darle un mandato al legislativo para que lo legisle en un tiempo razonable, y si no lo legisla, darle la atribución específica para esa situación en particular al Ejecutivo, para poder promulgar vía DFL”, comentó Marcos Barraza (PC).
“Si efectivamente se requiere poner determinadas urgencias o este mecanismo de los DFL como una medida alternativa en caso de que no pueda cumplirse un plazo por parte del legislativo, me parece que hay que estudiar paso a paso, efectivamente tenemos temas que son de carácter urgente, por ejemplo la habilitación de derechos sociales o la temática ligada al agua”, sumó Elisa Giustinianovich (MSC).
A aquello se suman otras condiciones: por ejemplo, el convencional Fuad Chahin (Col. del Apruebo) aseguró que solo estaría de acuerdo con aquello si estos decretos pudieran ser dictados por el próximo gobierno.
“Sólo estaría dispuesto a analizarlo en la medida de que no sea el gobierno en que vence el plazo del legislador el que dicte ese DFL. De lo contrario, no hay ningún incentivo a lograr los acuerdos, porque si no hay ley ya se sabe cuál es el Presidente que va a dictar el DFL.Sin saber quién será el Presidente, hay un incentivo de llegar a acuerdo”, opinó Chahin.
Según ese convencional, en el caso de que esa condición no se dé, “el Gobierno siempre tiene las urgencias y tendremos quórum más bajos para llegar a acuerdos, no se puede pretender bypassear a la política”.
La visión de Vamos por Chile
En tanto, desde Vamos por Chile afirman que sería “antidemocrático” establecer ese mecanismo y que se debió evaluar previamente lo cargada que estaría la agenda del Congreso.
“Son tan drásticos los cambios y tantos, que obviamente se debió haber pensado a nivel de la Convención que se iba a comprimir o a sobrecargar el desempeño legislativo, porque muchas cosas están remitidas a la ley”, comentó Geoconda Navarrete (Evópoli).
“Que sea el Gobierno el que se atribuye a través de un DFL la regulación de materias tan importantes como las que se están tratando en este proyecto de Constitución creo que habla de casi hacer un traje a la medida para ejecutar su programa de gobierno”, complementó.
Al mismo tiempo, el constituyente Pablo Toloza (UDI) acotó que se debería confiar en la “institucionalidad”.
“Que el Congreso le dé las prioridades que estimen pertinentes. Pero venir a decir que si el Congreso no hace algo, lo haré por decreto, es un incentivo perverso. Podrían establecer plazos muy breves para que el Congreso no los pueda cumplir, teniendo presente que el Congreso no hay mayorías de un grupo sino que habrá que concordar materias”, afirmó Pablo Toloza (UDI).
Fuente: Emol