A partir de este año, el Servicio de Impuestos Internos (SII) aplicará una sobretasa a distintos tipos de vehículos motorizados.
Según consignó BioBioChile, la medida recaerá en los propietarios que sean “personas naturales o jurídicas, cuyos bienes estén ubicados en el territorio nacional al 31 de diciembre del 2022”.
En ese contexto, dicho impuesto corresponde a un monto de un 2% que se aplicará sobre el Precio corriente en Plaza (PCP) de los bienes.
Sumado a esto, quienes estén afectos a este pago, los que serán notificados por vía mail o carta certificada, deberán efectuarlo a partir de abril de 2023 en la Operación Renta.
¿Que vehículos tendrán sobretasa según el SII?
- Helicópteros: tripulados, de peso superior a 160 kilos, cuyo precio corriente en plaza sea igual o superior a 122 UTA ($90 millones aproximadamente).
- Aviones: tripulados, de peso superior a 160 kilos, cuyo precio corriente en plaza sea igual o superior a 122 UTA ($90 millones aproximadamente).
- Yates: cuyo precio corriente en plaza sea igual o superior a 122 UTA ($90 millones aproximadamente), y su registro corresponda a esta calificación, según la normativa vigente de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR).
- Automóviles, station wagons y vehículos similares: cuyo precio corriente en plaza sea igual o superior a 62 UTA ($46 millones, aproximadamente).
Con respecto a estos impuestos, quedan exentos del pago el Fisco, municipalidades, empresas que efectúen ciertas actividades (bienes raíces, industria, comercio, minería, explotación de riquezas del mar, compañías aéreas, seguros, bancos, empresas financieras, constructora, periodísticas, publicitarias, radiodifusión, televisión).
Además, se añaden las personas naturales o jurídicas propietarias de yates que tengan como principal transporte la vela o sean ocupados por deportistas.
Para más información, puedes acceder al siguiente enlace del SII.
Fuente: pagina7.cl