El hombre, de 36 años, fue declarado culpable de los delitos sexuales, recibiendo una pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, más el pago de accesorias.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio otorgó libertad vigilada a un sujeto de 36 años que fue condenado por abuso sexual en contra de una menor de tres años, delito que ocurrieron en la comuna de Cartagena y de manera reiterada.
Según expuso la fiscal de la causa, Javiera Torres, el individuo, estando al cuidado de la menor realizó actos de significación sexual, hechos que constituyen a juicio del Ministerio Público, el delito de abuso sexual impropio descrito y sancionado en el artículo 366 bis del Código Penal, en grado de consumado, en el cual atribuye responsabilidad al acusado en calidad de autor”.
Tribunal otorga libertad vigilada a sujeto condenado por abuso sexual contra menor de tres años en Cartagena; Para demostrar su culpabilidad, el Ministerio Público expuso pruebas documentales, periciales y testimoniales, incluyendo la declaración de la víctima. La fiscal Torres indicó que la menor presenta “un daño de magnitud severa y el pronóstico de recuperabilidad negativa al que hizo referencia la perito. Vimos como la menor hizo uso de este mecanismo evitativo que evidencia el daño, referido a los hechos materia de la acusación”, enfatizó la Fiscal en sus alegatos.
La defensa del acusado solicitó la absolución de los cargos, lo que fue categóricamente rechazado por el Tribunal. “En consecuencia, las declaraciones testimoniales, la declaración del acusado, la prueba documental, la meta pericia y las alegaciones de la Defensa no logran desvirtuar el atestado de la víctima, el que fue valorado como consistente, coherente y persistente, libre de contradicciones relevantes y de ganancia secundaria que explique por qué se habría inventado semejante acusación”, expone la sentencia.
Ante esto, el acusado fue condenado como autor de abuso sexual de menor de 14 años en grado consumado. Los jueces Manuel Vergara, Daniela Herrera y Sebastián Báez impusieron una pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, más penas accesorias.
No obstante, la instancia determinó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el término cinco años, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile. Adicionalmente, se impone al sentenciado la prohibición de aproximarse a la víctima durante el tiempo de la condena.
Fuente: Emol