A través de sus abogados y con tres fundamentos, la diputada independiente de la bancada de RN, busca revertir la medida y recurrió al máximo tribunal pues estima que no hay un procedimiento penal que habilite el desafuero, no existe mérito para que se configure el delito de injurias graves y que se estaría conculcando la libertad de expresión de su representada.
La diputada María Luisa Cordero, independiente de la bancada RN, presentó un recurso de apelación a la Corte Suprema para evitar el desafuero que le impuso la Corte de Apelaciones de Santiago por haber cometido el delito de injurias graves con publicidad.
A través de sus abogados y con tres fundamentos, la doctora Cordero busca revertir la medida y recurrió al máximo tribunal pues estima que no hay un procedimiento penal que habilite el desafuero, no existe mérito para que se configure el delito de injurias graves y que se estaría conculcando la libertad de expresión de su representada.
El documento consta de 22 carillas donde los jurídicos basan la defensa en que no se puede encausar a la parlamentaria sólo por haber replicado información que leyó en redes sociales. Su ánimo, dicen sus representantes, sólo era contar lo que terceros comentaban al respecto.
Además, los abogados insisten en que el delito por el que la senadora acusa a la diputada corresponde a un delito de acción privada y que para desencadenar el desafuero exige ciertos requisitos que en este caso no se cumplirían.
En primer punto, indican que no existía una querella ingresada por los hechos, y que el tribunal de alzada creyó falsamente que sí había sido presentada y que, por lo mismo, visó la petición. “Los ilustrísimos ministros dieron por cierta una realidad que no tiene asidero en los hechos”, sostiene la defensa de Cordero, integrada por Carlos Cortés y Sergio Rodríguez.
“La interpretación contraria nos podría llevar al absurdo que se puede desaforar sin querella por acción privada. Tramitar todo un proceso de desafuero sin haber presentado una querella, dejando al desaforado a merced del querellante sobre la decisión del inicio del juicio propiamente tal. No es ese el sentido de la norma, ya que debe presentarse querella y, posteriormente, solicitarse el desafuero”, agregan.
Como segundo argumento de la defensa de la parlamentaria exponen sobre la inexistencia de las condiciones para que se configure el delito de injurias graves con publicidad.
“De las expresiones de la aludida diputada queda en evidencia que sus dichos están inspirados en un animus narrandi, esto es, en su intención de relatar hechos, lo que sucede al hacerse eco la diputada señora Cordero de lo que leyó en redes sociales”, indica el documento.
Además, sostienen que “para que se configure este ilícito no basta que las expresiones proferidas sean mortificantes u ofensivas para una persona determinada, sino que es menester que vayan directamente encaminadas a deshonrarla, menospreciarla o desacreditarla, lo que en la especie ha de descartarse, según se ha señalado, por aquello del animus narrandi que desplaza el animus injuriandi”.
El futuro de la diputada Cordero será resuelto por el pleno de la Suprema el próximo lunes 7 de agosto, tal como se lee en la resolución que fue firmada por el presidente del máximo tribunal, Juan Eduardo Fuentes.
FUENTE LA NACIÓN