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Pronto se acaba plazo para postular al segundo proceso de Subsidio Eléctrico: Revisa cómo hacerlo

Luego de un primer proceso desarrollado en julio pasado, el Gobierno, a través del Ministerio de Energía, lanzó esta segunda convocatoria.

El pasado lunes 7 de octubre comenzó la postulación a la segunda etapa del Subsidio Eléctrico, un beneficio transitorio del Gobierno que permite a los hogares más vulnerables acceder a un descuento en sus boletas eléctricas.

Luego de un primer proceso desarrollado en julio pasado, el Gobierno, a través del Ministerio de Energía, lanzó esta segunda convocatoria.

Si aún no ha postulado, atención. El tiempo se le acaba.

En particular, las postulaciones finalizan este próximo miércoles 6 de noviembre.

¿Cómo postular al Subsidio Eléctrico?

Para postular al Subsidio Eléctrico debes tener a mano los siguientes datos:

  • Clave Única
  • Compañía eléctrica y número de cliente
  • Correo electrónico y/o número de teléfono

>>> POSTULA AQUÍ AL SUBSIDIO ELÉCTRICO <<<

En caso de haber sido beneficiado en la primera convocatoria >REVISA AQUÍ< y seguir cumpliendo con los requisitos, la postulación será automática. Sin embargo, en caso de un cambio de dirección, deberá actualizar su número de cliente.

De manera excepcional el descuento de la primera convocatoria (julio de 2024) se realizó a través de un pago semestral correspondiente al segundo semestre 2024.

Por otra parte, a partir del primer semestre de 2025 los descuentos se realizarán de manera mensual, es decir, el monto adjudicado será dividido en 6 meses.

Cabe destacar que los resultados de esta segunda convocatoria se darán a conocer en enero del 2025 a través de la página web www.subsidioelectrico.cl. La fecha exacta se publicará con posterioridad.

Los requisitos son:

  • Pertenecer al 40% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH)
  • Estar al día en la cuenta de la electricidad

Además, los hogares que tendrán prioridad para acceder al beneficio serán los que tengan:

  • Al menos un integrante sujeto de cuidados (niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad o personas con dependencia funcional).
  • Al menos un integrante identificado como persona cuidadora.
  • Al menos una persona adulta mayor.

Fuente: T13

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