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Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023: ¿cuánto es el monto y quiénes lo recibirán?

A más de un mes de que comiencen las Fiestas Patrias, el Instituto de Previsión Social anunció el monto que recibirpan los pensionados como aguinaldo.

Se trata de una suma de dinero que se paga una sola vez en el año, junto con la respectiva pensión de septiembre, a los beneficiarios que cumplan ciertos requisitos.

¿Quiénes recibirán el aguinaldo de Fiestas Patrias?

Personas que al 31 de agosto de 2023 tengan alguna de estas calidades:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.
  • Trabajadores del sector público.

¿Cuál es el monto del aguinaldo de Fiestas Patrias 2023?

El monto base del aguinaldo 2023 es de 23.261 pesos por pensionado.

Dicha cifra aumentará en $11.933 por cada persona que, al 31 de agosto de 2023, el pensionado o la pensionada tenga acreditada como carga familiar, aunque no tenga derecho a cobrar Asignación Familiar porque su ingreso mensual es superior a 979.330 pesos.

¿El sector privado recibe aguinaldo?

Según específica el sitio del IPS, para los empleadores del sector privado, no es obligación otorgar aguinaldo a sus trabajadores.

No obstante, un trabajador del sector privado tiene el derecho a recibirlo en caso de que:

  • Esté contemplado en su contrato de trabajo.
  • Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
  • En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa) como un derecho de los trabajadores.

Fuente: pagina7.cl

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