En Chile, se estima que cerca de 60 mil familias, dueñas de uno o más inmuebles, se ven afectadas por arrendatarios que no cumplen sus obligaciones. La normativa anterior contemplaba un proceso judicial que podría llegar a un año, lo que se sumaba a las pérdidas económicas de los propietarios; y en caso de existir un crédito hipotecario, la latente posibilidad de pérdida del inmueble.
En La Ley N° 21.461, también conocida como “Ley del Arriendo” o “Devuélveme mi casa”, promulgada el 30 de junio de este año, viene a enfrentar estas situaciones, que – según la Corte Suprema – se traducen en más de 15 mil juicios al año. Para ello, incorpora medidas precautorias de restitución anticipada del bien raíz y establece un procedimiento más ágil para el cobro de las deudas asociadas que puedan generarse.
El texto modifica la Ley N°18.101, sobre arrendamiento de predios urbanos, que se enfocaba principalmente en la protección del arrendatario; y resguarda de mejor manera los derechos del dueño del inmueble, no solo ante problemas de morosidad, sino también por la utilización de su propiedad para otros fines; o la ocupación sin título que los habilite.
Es importante saber que el trámite se puede hacer muy fácilmente si el contrato de arriendo se suscribió con firma electrónica, a través de las plataformas virtuales existentes; o, incluso, si el contrato es solo de palabra, con el apoyo jurídico adecuado.
Ante un escenario de incumplimiento, el juez podrá ordenar la devolución de la propiedad y el lanzamiento del arrendatario demandado, con auxilio de la fuerza pública si fuere necesario; además, contempla un trámite más ágil para el pago de las rentas y de las cuentas adeudadas por gastos comunes y servicios básicos.
Por: Jimena Milla Irarrázabal, Abogada, académica UCEN Región Coquimbo