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Colegio de Ingenieros presentó informe “Los Recursos Mineros y la Constitución” a socios de Voces Mineras

En el marco del proceso que se está desarrollando en la Convención Constitucional y con el fin de aportar información relevante relacionada con distintas áreas de actividad que podrían ser abordadas en este debate, el Colegio de Ingenieros de Chile conformó una comisión especial –denominada Comisión Nueva Constitución– que trabajó en el desarrollo de cuatro informes: recursos mineros, medioambiente, recursos hídricos y desarrollo económico sustentable.

Presidida por Fernando Echeverría, la comisión fue integrada el presidente del colegio, Raúl Alcaíno, además de los ingenieros Elías Arze –también socio y director de Voces Mineras–, Fernando Agüero, Sergio Bitar, María Luisa de la Maza, Juan Carlos Latorre y Luis Valenzuela, así como el abogado Camilo Lledó.

Recientemente la entidad terminó su primer informe, “Los Recursos Mineros y la Constitución”, cuyas conclusiones fueron presentadas por el ingeniero Luis Valenzuela a los socios de Voces Mineras.

En el documento se hace ver que, en lo referente a la minería, el actual texto constitucional tiene una importante continuidad jurídica respecto a la reforma de 1971 a la Constitución de 1925, en la que se nacionalizó el cobre, estableciendo que el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y otros tipos de minerales. Asimismo, hay una consistencia respecto del Código de Minería (actual y anteriores), donde se destaca la diferencia entre el régimen de propiedad del subsuelo respecto de los terrenos superficiales y el involucramiento de los tribunales de justicia en el otorgamiento y extinción de las concesiones, entre otros aspectos.

También se constata que el proyecto de reforma constitucional presentado por la ex Presidenta Michelle Bachelet, a fines de su segundo mandato, no incorporó cambios relativos a la minería, y que la organización del régimen minero establecido en la actual carta magna es consistente con la estructura legal que rige la actividad en países mineros comparables, tales como Canadá, Australia, Sudáfrica y Perú.

Principales conclusiones

En este contexto, Luis Valenzuela comentó que como primera conclusión, la comisión plantea que “en consistencia con la tradición minera del país, la Constitución debe establecer ciertos elementos esenciales que representan las bases para el adecuado funcionamiento de la actividad: (a) la propiedad absoluta, exclusiva, inalienable e imprescriptible de los minerales por parte del Estado según se ha establecido en nuestra Constitución desde la nacionalización del cobre en 1971; (b) la distinción entre la propiedad de los terrenos superficiales y aquella que tiene el Estado respecto de los minerales que se encuentren en sus entrañas; (c) la posibilidad de otorgar los minerales a privados en concesión para su exploración y explotación, exceptuados los hidrocarburos líquidos o gaseosos, debiendo el titular desarrollar la actividad necesaria para satisfacer el interés público que justifica su otorgamiento; (d) que las concesiones se constituirán siempre por resolución judicial, tendrán una duración adecuada y suficiente para el desarrollo de una industria altamente intensiva en capitales, así como un régimen de propiedad sobre la concesión amparado en la misma Constitución; y (d) que será la ley la que establecerá los requisitos para el otorgamiento, mantención, caducidad y extinción de las concesiones”.

Si bien no está contenido específicamente en este informe de recursos mineros, pero lo estará en el de desarrollo económico, el Colegio hace hincapié en el deber del Estado de generar condiciones adecuadas para el crecimiento sostenible del país. “Hay que ser realistas. En Chile no hay desarrollo económico sostenible si no está la minería”, sostuvo al respecto Valenzuela, puntualizando que ello implica integrar todos los niveles del desarrollo: económico, social, ambiental y cultural.

En el documento también se abordan los desafíos que enfrenta la minería y que debieran ser tratados por leyes y/o políticas públicas. En ese sentido, se mencionan las siguientes modificaciones:

  • Una revisión de las obligaciones de los titulares de concesiones de exploración y explotación, que asegure la realización de actividades que permitan expandir la actividad minera. Entre ellas, la aplicación de un sistema de patentes progresivas para las concesiones que no se encuentren en etapa de explotación, junto con limitar la temporalidad de la concesión de explotación para aquellas concesiones que no han sido desarrolladas. “Este fue uno de los puntos que más se discutió dentro de la comisión (…). Si Chile no avanza en exploraciones mineras que permitan ir definiendo recursos que puedan estar asociados a proyectos mineros de importancia, estamos corriendo cierto riesgo. Y encontramos que en el régimen de concesiones de exploración y en algunos casos en el de explotación también, existen muchos vicios que han impedido un desarrollo con la velocidad e intensidad que se requiere”, planteó Valenzuela.
  • Remover al litio como sustancia estratégica no susceptible de concesión, incorporándolo como una sustancia concesible a privados y al Estado, con el fin de promover las inversiones necesarias.
  • Para aumentar la transparencia en la actuación de los distintos órganos del Estado, incorporar dentro del régimen de tramitación judicial toda la actividad relativa a minerales no metálicos, tales como el litio y sales en general, lo que actualmente es realizado por Corfo.
  • Revisar las actuales políticas de fomento de la pequeña minería, para que, unido a la modificación de las obligaciones de los concesionarios mineros, se generen nuevas herramientas de apoyo conectadas con los capitales de riesgo. “En Canadá, por ejemplo, las pequeñas concesiones mineras tienen un dinamismo tremendo a través de la inversión de privados en la bolsa”, sostuvo el ingeniero.

Recomendaciones del informe

Asimismo, la comisión recomienda en su informe:

  • Mejorar los niveles de información sobre los asuntos tributarios y las condiciones particulares que se aplican a las diferentes compañías, permitiendo compatibilizar los datos que emiten los distintos organismos de control del Estado relativos a la producción, ventas y exportaciones.
  • Facilitar la llegada de capitales de riesgo y el acceso a la propiedad minera a través de la bolsa de valores, para incrementar la participación de empresas junior enfocadas en la exploración.
  • Exigir que se cumpla a cabalidad la entrega de la información geológica, hidrogeológica, geoquímica y mineralógica que se recopile en la exploración.
  • Confirmar la propiedad o derechos sobre el agua de mar desalada en plantas construidas por las compañías mineras, que han hecho fuertes inversiones para aliviar la situación de estrés hídrico.
  • Que las empresas continúen haciendo el esfuerzo de incorporar las mejores prácticas internacionales para proteger el medioambiente. “La minería chilena no se tiene que contentar con cumplir las leyes locales, sabemos lo lento que son los cambios legales, mientras la técnica progresa…”, planteó Valenzuela, haciendo notar que hoy existe un estándar global de manejo de relaves (establecido bajo el alero de Naciones Unidas y el ICMM), al cual debieran ceñirse las compañías mineras.
  • Favorecer el desarrollo productivo en las zonas geográficas donde actúa la minería y en los procesos asociados a la actividad, como transporte, energía, agua, tecnología, capital humano y otros, velando por los servicios ecológicos del territorio y minimizando su intervención en él. “Esto lo hacen muchas compañías, pero creemos que el esfuerzo debe ser mucho mayor”, opinó.
  • Velar por mantener o aumentar la competitividad del sector, incrementando la productividad, simplificando los procesos aprobatorios, cumpliendo los acuerdos tributarios y realizando capacitación laboral, investigación tecnológica, etc.
  • Sobre la necesidad de realizar una reforma tributaria en la minería, cualquiera sea la modificación que se diseñe, ésta debe permitir que se sigan realizando las inversiones de largo plazo que son necesarias en la industria. Por ende, debe contener una estructura impositiva que garantice estabilidad en el tiempo, que otorgue certidumbre y permita prever su impacto a las inversiones futuras.

Fuente: mch.cl

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