La Corte de Apelaciones de Copiapó, en una decisión unánime, ordenó a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) de Atacama dejar sin efecto las resoluciones que habían rechazado el pago de licencias médicas y emitir nuevas resoluciones que cumplan con los estándares legales necesarios.
La Primera Sala del tribunal, compuesta por los ministros Pablo Krumm de Almozara, Carlos Meneses Coloma y Llilian Durán Barrera, acogió el recurso de protección presentado, tras concluir que la comisión actuó de manera vulneratoria.
En su fallo, el tribunal señaló que las explicaciones dadas por la COMPIN en sus resoluciones de junio de 2024 fueron insuficientes para justificar el rechazo de las licencias médicas de una persona. La corte indicó que esta falta de fundamentación adecuada podría amenazar la garantía constitucional de salud de la afectada.
La resolución agrega que: “Estas fundamentaciones, en vista de los antecedentes incorporados añadidos en esta instancia en relación a su patología, resultan motivaciones exiguas y, por ello, ineficaces a la hora de explicitar los fundamentos que motivan el rechazo de las licencias objetadas en su caso. La ineficacia se desprende de la insuficiente fundamentación que las sostiene y que no se aviene con el deber que al COMPIN, en su carácter de órgano público sujeto a la reglamentación que se ha venido diciendo, le resultaba obligatorio explicitar”.
Por lo tanto, se resolvió que COMPIN Atacama debe anular las resoluciones cuestionadas y emitir nuevas decisiones que expliquen claramente las razones para aceptar o rechazar las licencias, atendiendo los argumentos y elementos presentados por la recurrente. La corte también indicó que se deben considerar medidas adicionales para aclarar las decisiones en conformidad con el Decreto Supremo Nº 3/1984.
La resolución de la Corte de Apelaciones refuerza la importancia de que los organismos públicos cumplan con los estándares de justificación exigidos por la ley, protegiendo así los derechos de los ciudadanos en materia de salud.