El máximo tribunal desestimó la acción interpuesta por las parlamentarias Ana María Gazmuri, Marisela Santibáñez, Marcela Riquelme, Lorena Fries y Clara Sagardia.
La Tercera Sala de la Corte Suprema se alineó con la sentencia que rechazó el recurso de protección presentado por un grupo de parlamentarias, en contra de la resolución que creó el nuevo reglamento de control de consumo de drogas por parte de mimebros en ejercicio del órgano legislativo.
Así, los miembros de la Cámara Baja deberán hacer uso del test de drogas.
Se trata de las diputadas Ana María Gazmuri, Marisela Santibáñez, Marcela Riquelme, Lorena Fries y Clara Sagardia quienes acudieron hasta tribunal supremo
En el fallo se desestimó actuar arbitrario o ilegal en la dictación del reglamento cuestionado. “Que, asimismo, en otras ocasiones ha señalado este tribunal que no cabe cuestionar la autonomía e independencia de un organismo como la Cámara de Diputadas y Diputados en el ejercicio de sus funciones”.
Ello incluye, según reza el fallo, el establecimiento de las propias normas que rige internamente a la corporación y sin que pueda otro órgano del Estado pueda involucrar en las materias que la ley y la Constitución han puesto bajo la órbita de su competencia.
Para la Sala Constitucional: “(…) en la especie, de los antecedentes que se han tenido en vista, es posible concluir que en un primer aspecto formal se dio correcto cumplimiento a las normas sobre tramitación interna de la Corporación en la dictación del cuestionado Reglamento, sin que se vislumbren actuaciones ilegales o arbitrarias de la recurrida, debiendo descartarse que la materia solo pueda ser regulada a través de una norma legal y no reglamentaria o que durante la tramitación se haya incurrido en irregularidades”.
Así, se resolvió que “se confirma la sentencia apelada de veintiuno de octubre de 2022 dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso“.
FUENTE EMOL