El Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta informó sobre las observaciones efectuadas en el proceso de participación ciudadana, referente a las emisiones atmosféricas y de ruido que podría provocar el proyecto de acopio y embarque de concentrado de cobre en el muelle Punta Caleta del Puerto de Caldera.
En la audiencia estuvieron presentes la ONG Atacama Limpia, el Servicio de Evaluación Ambiental, SEA, y la empresa portuaria.
La sala, compuesta por los ministros Mauricio Oviedo (presidente), Marcelo Hernández y Eric Sepúlveda, escuchó los alegatos de los abogados Mario Maturana, por parte de la ONG Atacama Limpia; Camila Palacios, por el SEA; y Olivia Pereira en representación de la empresa.
Las principales controversias de la reclamación dicen relación con los efectos en la salud que podría tener el acopio y embarque del mineral por el material particulado y los gases generados; las emisiones acústicas y su afectación a la población aledaña; y por último, el fraccionamiento del proyecto. Esto último porque la Resolución de Calificación Ambiental, RCA, del proyecto no considera el transporte del concentrado de cobre desde las mineras hasta el galpón de almacenamiento, ni tampoco el transporte marítimo.
Según lo que se informó desde el Tribunal Ambiental, los alegatos del abogado de la organización no gubernamental, Mario Maturana, se centraron en cuestionar la calificación ambiental del proyecto por la indebida consideración de las observaciones ciudadanas del organismo evaluador y de la empresa en todo el proceso.
En tanto, para el abogado, reclamante, uno de los principales cuestionamientos se refiere a que desde el punto de vista técnico, el análisis en materia de calidad del aire, además de considerar las emisiones de material particulado y gases generados por el transporte, debería haber incorporado la que podría ser la fuente principal de emisión del proyecto, esto es, la descarga y carga de concentrados al interior del galpón y en base a ello haber estimado las emisiones atmosféricas.
También, Maturana asegura que no se hizo una correcta evaluación de los ruidos y que el SEA al responder las observaciones ciudadanas referidas a esta temática se basó únicamente en la información entregada por la empresa.
En tanto, la abogada Camila Palacios detalló cada uno de los análisis efectuados por el Servicio de Evaluación Ambiental y se refirió a la evaluación ambiental atmosférica y de ruido que se llevaron a cabo y aclaró que el transporte del concentrado de cobre no es parte del proyecto.
Respecto a la posible contaminación atmosférica, Palacios explicó que entre las particularidades del acopio está que el galpón se encuentra sellado y es completamente hermético por lo cual las partículas no pueden salir.
También, la abogada dio a conocer cada uno de los procesos para evaluar las emisiones y dijo que se consideraron nueve años de emisiones, además, de aclarar que “en una Declaración de Impacto Ambiental, DIA, no corresponde realizar una línea base, sino una caracterización del área de influencia, que fue lo que se hizo para evaluar la calidad del aire y enfatizó en que “no existe exigencia en que las estaciones de monitoreo estén dentro del área de influencia”.
En lo que se refiere al ruido, Palacios dijo que todos los sectores de ruido se encuentran dentro del área de influencia y que respecto de todos se descartó que tuviesen impactos significativos.
Asimismo, la abogada de la empresa hizo hincapié en que cada aspecto que se reclama fue analizado por el Servicio de Evaluación Ambiental y dijo que durante toda la evaluación ambiental se consideró toda la zona de influencia.
“No ha existido una omisión de la caracterización de la población aledaña al proyecto. Ha sido íntegramente reconocida e incorporada”, expresó Olivia Pereira.
Por último, dijo que se está en presencia de nuevas observaciones que no fueron formuladas en el proceso de participación ciudadana inicial por lo cual no se le puede establecer un reproche al organismo evaluador.
Proyecto
El objetivo del proyecto es almacenar concentrado de cobre en un galpón de acopio ubicado a 600 metros del Muelle Punta Caleta para su posterior embarque. La vida útil es de 25 años y las obras que contempla es la recepción del concentrado de cobre; almacenamiento y acopio y el embarque.
El muelle Punta Caleta se encuentra ubicado a una distancia de 2.700 metros aproximadamente en línea recta al sector céntrico de Caldera.