Un total de 335 preguntas con sus respectivas respuestas hicieron los diversos interesados en los 26 salares en que pueden invertir privados. Según la ministra de Minería, Aurora Williams, se realizaron más de 400 descargas de más de 26 países distintos del documento para manifestar interés.
Un total de 335 preguntas con sus respectivas respuestas hicieron los diversos interesados en los 26 salares en que pueden invertir privados. Según la ministra de Minería, Aurora Williams, se realizaron más de 400 descargas de más de 26 países distintos del documento para manifestar interés (o RFI en sus siglas en inglés). Y como existía un plazo para formular dudas y recibir las respectivas respuestas, el gobierno condensó dichos requerimientos en un documento de 48 páginas que se le envió a cada uno de los inversionistas interesados.
En el documento se excluye las cuencas estratégicas, donde operan compañías estatales: Atacama, Maricunga y Pedernales en el caso de Codelco y complejo Altoandino por parte de Enami, aunque varios inversionistas formularon sus interrogantes, en especial por la segunda de estas empresas.
El proceso de consultas se extendió entre el 15 de abril al 17 de mayo; en 10 días hábiles se emitieron las respuestas. La convocatoria a manifestar interés finaliza el 17 de junio y los interesados finales se conocerán el 9 de julio próximo. Según Minería, no está previsto un nuevo proceso de RFI.
Máximo: no hay
En dicho compendio, a la cuestión de cuál es el número máximo de salares que puede solicitar una empresa, el Ministerio de Minería respondió que “los interesados que deseen presentar dos o más proyectos deberán presentar una manifestación de interés para cada proyecto, pero éstos deben figurar en formularios separados”. Del mismo modo, se indicó que “si más de una expresión de interés, el interesado deberá indicar el orden de prioridad de sus proyectos”.
Minería enfatizó que “no hay límite en el número de salinas u otros depósitos de litio para los cuales se pueden presentar manifestaciones de interés”.
Si hay interés por varios salares, ¿deben ser éstos adyascentes? “En general, se entiende que un proyecto compuesto por más de un salar debe estar justificado por algún tipo de ventaja. Por ejemplo, los ahorros generados por la proximidad de las dos salinas, un aumento de los recursos mineros o reservas que hacen factible un proyecto, etc. El interesado deberá explicar la hipótesis de trabajo que justifique su proyecto está compuesto por uno o más salares”, argumentó el gobierno.
Incluso, la autoridad señaló que “la expresión de interés no se limita únicamente a los salares o los lagos salados. Los interesados podrán expresar interés en cualquier área del territorio chileno (excepto las áreas especificadas en el Apéndice N° 1, que son salares para protección), de acuerdo con sus hipótesis de trabajo”.
RFI no es excluyente
Ante la duda de si la convocatoria para desarrollar un CEOL (contrato especial de operación de litio) se limitará exclusivamente a inversores que manifiesten interés en este proceso de RFI, el gobierno indicó que “participar o no en el RFI no restringe la participación futura de los interesados en un posible otorgamiento de CEOL procesos”, de manera que “manifestar interés no garantiza a los interesados ni a terceros ningún derecho preferencial por la adjudicación de futuros contratos de operaciones especiales”.
“No obstante, la información recogida en el proceso será utilizada definir aquellos salares u otros yacimientos de litio que serán priorizados para la celebración de un CEOL que relacione a ellos y diseñar los procedimientos adecuados para adjudicar este tipo de contratos a privados”, dijo el ministerio.
Si la expresión de interés anterior no se presenta antes de la fecha límite del 17 de junio, ¿existe la posibilidad de poder participar en algún proceso futuro? El Ministerio de Minería respondió que si una empresa no participa en el proceso de RFI, no existe restricción para participar en los procesos de adjudicación de contratos especiales de operación de litio CEOL que estén diseñados en base a la información recopilada en el proceso de RFI. “Sin embargo, se debe tener en cuenta que las áreas en las que se priorizará para la adjudicación de futuros CEOL se sustenta en el interés expresado en el proceso”, dijo la autoridad.
Fechas para lograr CEOL
Un inversionista preguntó sobre las fechas tentativas para la entrega de estos contratos especiales. La respuesta de la autoridad fue que si bien “la consulta no se refiere a tales condiciones. De todos modos, las autoridades han proporcionado públicamente estimaciones para que la conclusión del CEOL se produzca a finales de 2024 o principios de 2025”. Sin embargo, estas estimaciones pueden cambiar, advirtió Minería.
Información a entregar
Otro interesado inquirió sobre qué tipo de información hay que entregar en la convocatoria. “Se espera que el interesado indique los motivos que justifican su interés, tales como: potencial geológico, hipótesis de trabajo, existencia de derechos sobre concesiones mineras, entre otras variables.
¿Se permite el muestreo o mapeo en áreas protegidas para recolectar información relacionada con proyectos en Áreas no protegidas? Según la autoridad, “cada interesado es responsable de analizar y observar las normas que rigen dichas áreas para los fines de evaluar la viabilidad de realizar en ellos actividades de muestreo, investigación o recolección de información”.
Duración del proyecto
El RFI requiere de una estimación del tiempo requerido y del presupuesto estimado, por lo que otra compañía preguntó si considerando se puede proponer un rango de tiempo estimado. “La empresa, con base en su experiencia minera, debe hacer lo mejor que pueda para caracterizar y cuantificar el proyecto que desea desarrollar en el salar o yacimiento de interés. Para ello, puede hacer suposiciones y aproximaciones, las que considere oportuno”, respondió la autoridad.
Concesiones mineras
¿Qué pasa si un titular de pertenencias mineras en salares no se presenta al proceso de RFI? ¿O si quien se presenta no tiene derechos mineros en la zona? “Los derechos que otorgan las concesiones mineras, establecidos en la Ley Orgánica Constitucional de Concesiones Mineras y en el Código de Minería, no se verán afectados por el proceso de RFI”, detalló la cartera.
Estructura
¿Puede un consorcio estar compuesto por una empresa propietaria de una propiedad minera, una administradora empresa, y una empresa que diseña e implementa la exploración? Según Minería, “para los efectos de expresar interés, los consorcios pueden estructurarse según sus preferencias. No hay requisitos específicos en esta etapa”.
Consulta indígena
Según el Ministerio de Minería, “la necesidad de consulta indígena se determinará caso por caso”, ya que “la necesidad de la consulta indígena dependerá de la existencia de comunidades indígenas que probablemente se vean directamente afectadas”.
“Cuando es necesario realizar una consulta indígena, debe hacerse antes de la emisión del decreto supremo que establece los requisitos y condiciones del CEOL respectivo. El proceso será realizado por el Ministerio de Minería”, se precisó.
FUENTE DIARIO FINANCIERO