Luego de la investigación dirigida por la fiscalía Local de Copiapó, cuyos antecedentes fueron argumentados en audiencia de Juicio Oral, obtuvo una sentencia de presidio perpetuo simple en contra de una pareja de jóvenes en contra de quienes se acreditó el delito de parricidio. Hecho cometido en contra de su hija recién nacida.
Los antecedentes expuestos por la Fiscalía indicaron que, a partir del nacimiento de la víctima, tanto su madre como el padre tuvieron el cuidado personal, directo y permanente de la niña. Durante este periodo la víctima fue maltratada de manera reiterada en el tiempo, golpes que le ocasionaron fracturas que fueron diagnosticadas como graves, además de hematomas y erosiones, las que fueron detectadas en controles médicos mientras que otras lesiones no fueron informadas por los condenados a los médicos de turno.
Según argumentó y acreditó el fiscal a cargo de la causa, Christian González, el día 26 de marzo del año 2019 la niña fue nuevamente agredida por ambos imputados, ocasión en que sufrió una fractura craneal y muerte cerebral que obligaron a que fuera internada en el Hospital Regional. Recinto médico en que, lamentablemente, murió el día 28 de marzo de ese año, surgiendo sospechas de parte de los médicos por el historial clínico de la niña siendo denunciada su muerte a la Fiscalía Local de Copiapó, desde donde se ordenó la autopsia de la víctima, diligencia que detectó otras graves lesiones que además presentaron distinta data.
Por estos antecedentes, la Fiscalía acusó a Aris Escobar Venegas y Almendra Urrutia Ferrera, por su responsabilidad en los hechos, consiguiendo el Ministerio Público que los Jueces del Tribunal Oral condenaran a los dos acusados.
De esta manera, en la lectura de sentencia se conoció que los acusados fueron sentenciados a cumplir la pena de presidio perpetuo simple por su responsabilidad en calidad de autores de los delitos de parricidio, lesiones graves y menos graves.