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Fue despedida por practicar senderismo mientras estaba con licencia, fue a la Justicia y fallaron a favor de la empresa

Por transgredir la buena fe contractual, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de España, declaró procedente el despido de una técnico de farmacia que fue sorprendida tomando cursos de senderismo con prácticas en la montaña, aun cuando se encontraba con licencia por ansiedad.

De acuerdo indica el portal español, Huffingtonpost, la trabajadora cumplía con sus deberes en una farmacia desde marzo de 2007 y con un sueldo diario de casi 58 euros (poco más de 62 mil pesos chilenos). En todo este tiempo, había sido reincorporada a su lugar de trabajo, luego de un despido improcedente.

Días más tarde solicitó a su empresa una licencia médica por ansiedad. En el juicio, la empresa indicó que la empleada había usado el beneficio para dedicarse a un curso que se estaba realizando en la montaña, a 200 kilómetros de su lugar de trabajo. Además de los desplazamientos, también había prácticas presenciales y actividades intensas, por lo que era incompatible su baja con su incapacidad laboral.

Al mismo tiempo, también alegó abuso de confianza, fraude al sistema público y perjuicio organizativo. La empresa acusó que el verdadero motivo de la licencia era poder realizar todas estas prácticas con las que conseguiría un diploma con el que acceder a otro puesto de trabajo.

A su vez, la instancia judicial rechazó que el despido se haya traducido en una represalia o discriminación por enfermedad, señalando que las pruebas presentadas eran suficientes para acreditar que la trabajadora estaba realizando actividades ajenas al tratamiento, incumpliendo el contrato.

A pesar de los intentos de la trabajadora por demostrar que el despido era improcedente, la instancia judicial desestimó el recurso presentado por ella, confirmando que su desvinculación se ajustaba a derecho.

“No se trata de un despido discriminatorio en absoluto, al contrario, trae su causa en desleal y abusivo comportamiento manifestado a través de su repentina baja justo cuando se incorporó a trabajar, lo que prueba su nulo deseo de incorporarse a la empresa y sí perjudicarla en todo cuanto esté en su mano, buscando el cobro de los salarios de tramitación que ha percibido estando además cobrando la prestación por desempleo sin haberlo puesto en conocimiento de la empresa”.

FUENTE MEGANOTICIAS

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