Cerrar

Más de 200 mil extranjeros se encuentran habilitados para votar ¿Cuáles son los requisitos?

Más de 200 mil extranjeros se agregaron al padrón electoral desde 2022 hasta ahora, y la cifra es la más alta en la historia.

Casi 15,5 millones de personas están convocadas para votar el próximo sábado 26 y domingo 27 de octubre en las elecciones municipales y regionales 2024, donde también el sufragio será obligatorio para los extranjeros con derecho a voto en Chile.

A diferencia de otros países, los ciudadanos extranjeros residentes en Chile que cumplan con las condiciones que establece la ley, al igual que el resto de la ciudadanía, estarán obligados a votar y se exponen a una multa si no lo hacen. Recordemos que en estas elecciones el voto volverá a ser obligatorio. 

Durante la tramitación que permitió que las elecciones se realizaran en dos días, el oficialismo buscaba que el voto para los extranjeros no fuera obligatorio, pero no hubo acuerdo, por lo que se mantuvo tal cual estaba hasta ahora. 

En total, serán 786.470 extranjeros los autorizados por el Servicio Electoral (Servel) para votar, más de 200 mil más que en 2022 cuando el padrón electoral de personas de otra nacionalidad con derecho a voto en Chile ascendía a 514.623.

Quiénes son los extranjeros con derecho a voto en Chile

Según el artículo 14 de la Constitución Política de Chile, los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, y que cumplan con los requisitos de haber cumplido 18 años y no haber sido condenados a pena aflictiva.

Si quieres saber si estás autorizado para votar, lo puedes revisar con tu RUT aquí.

¿Qué pasa si no voy a votar?

Al ser el voto obligatorio, quienes no concurran a las urnas se exponen a ser sancionados con una multa a beneficio municipal de 0,5 unidades tributarias mensuales (UTM), algo así como 32.950 pesos. 

Esta multa no se aplicará, sin embargo, a quienes el día de la elección, se encuentren enfermos, ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación, o no hubiesen podido cumplir con su obligación por otro impedimento grave debidamente acreditado ante el juez de policía local competente.

Fuente: T13

scroll to top