- IPS, Seremi de Gobierno y Seremi del Trabajo de Atacama informaron que este año el monto del beneficio es de $77.982 por pensionado o pensionada de 65 o más años que cumpla los requisitos legales, monto que se paga junto con la pensión de mayo, sin tener que postular.
- En esta ocasión, y por primera vez, se incorporan como beneficiarios las y los pensionados de las leyes especiales de reparación.
El Instituto de Previsión Social, IPS, informó que se dio inicio al pago del Bono de Invierno 2024, beneficio que se entrega una vez al año, y que esta vez llegará a más de 1 millón 750 mil personas pensionadas de 65 años o más, de forma automática junto a su pensión de mayo, siempre que cumplan con los requisitos legales.
Para este 2024, el monto del beneficio es de $77.982 por persona pensionada que acredite 65 años o más al 1° de mayo de 2024 y cuya pensión contributiva -esto es, derivada de cotizaciones- sea inferior o igual a $212.406. En el caso de las personas que reciban una Pensión Garantizada Universal (PGU) como complemento a su pensión, para establecer ese límite de $212.406solo se considera el monto de dicha pensión contributiva, sin sumar la PGU.
En Atacama el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Jonathan Páez mencionó que “como expresó la Ministra del Trabajo, Jeannette Jara, el Bono Invierno es un avance y apoyo para pensionados y pensionadas, ya que las pensiones autofinanciadas son muy bajas, muchos de ellos califican. Esta ayuda para gastos de inviernos es un acto de justicia y será un aporte para los gastos extras que se dan en esta temporada, sin embargo, tenemos que seguir trabajando para más de fondo para generar un ingreso que sea suficiente para las personas mayores que han dado tanto por nuestro país y nuestra sociedad”.
Sumado a ello, la Seremi de Gobierno, Sofía Vargas Roberts, señaló que “el compromiso del Gobierno del Presidente Boric está por mejorar la calidad de vida de nuestros pensionados y pensionadas. Por ello destacamos que esta es la primera vez que podrán recibir el bono personas con pensiones de leyes especiales que cumplan con los requisitos. Esto nos recuerda la importancia de estos ingresos parea la subsistencia de nuestra gente, y por ello es relevante mencionar que el Congreso avance en destrabar la discusión por la reforma previsional y podamos de una vez por todas aumentar las pensiones de los jubilados de Chile”.
Dissa Castellani, Directora Regional de IPS detalló que “el Instituto de Previsión Social, IPS, en la Región de Atacama, estima que el Bono de Invierno llegará este año a más de 26 mil pensionadas y pensionados, estas personas no tienen que hacer ningún trámite para recibirlo porque viene junto a la pensión del mes de mayo. El Estado destinará más de 2 mil millones de pesos en la entrega de esta ayuda económica a los pensionados más vulnerables de nuestra región”.
En esta ocasión, y por primera vez, podrán recibir el Bono de Invierno las personas con pensiones de leyes especiales que cumplan con los requisitos, y que antes no calificaban para tener derecho a este beneficio. Es decir, 61.500 pensionados y pensionadas bajo las leyes Rettig, Valech, de la Ley N° 20.405 de pensión para la cónyuge sobreviviente de los beneficiarios de la pensión establecida en el artículo 1° de la Ley N° 19.992, y exonerados políticos ingresarán a este beneficio, porque cumplen con los requisitos.
A nivel nacional, incluyendo los pagos a beneficiarios del IPS y de otras instituciones previsionales, se estima que el Estado destinará más de $137 mil millones en total en la entrega de este bono a las personas pensionadas más vulnerables del país.
¿Quiénes pueden recibir el beneficio?
Recibirán el Bono de Invierno las personas pensionadas que tengan 65 o más años al 1 de mayo de 2024 y que, además, estén en los siguientes grupos:
· Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), incluidas aquellas con pensiones por leyes especiales que cumplan los requisitos; del Instituto de Seguridad Laboral (ISL); de Dipreca, de Capredena y de las Mutualidades de empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Estas personas recibirán el bono siempre que tengan una pensión contributiva (aquella que se genera a partir de los ahorros previsionales que completó una persona en su vida laboral) igual o inferior a $212.406, sin considerar en ese monto la Pensión Garantizada Universal (PGU).
· Personas pensionadas de AFP y compañías de seguros (Decreto Ley N° 3.500), siempre que también reciban la Pensión Garantizada Universal (PGU), el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o una pensión mínima con Garantía Estatal, y cuyas pensiones contributivas sean inferiores o iguales a $212.406, sin considerar en ese cálculo el monto del Aporte Previsional Solidario o de la PGU.
· Todas las personas beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional. Es decir, que reciban sólo la PGU.
Cabe recordar que el beneficio se recibe automáticamente, sin necesidad de solicitarlo. Sin embargo, para más información sobre este beneficio, las personas pueden informarse en www.ips.gob.cl, www.chileatiende.cl, llamar al Call Center 600 440 0040, contactarnos a través de las redes sociales @ChileAtiende en X, Facebook e Instagram o acudir a una de nuestras sucursales.
FUENTE SEREMI DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.