Eran las 15:30 horas del 12 de enero de 2014, cuando el subdirector Médico de la ex Posta Central tomó la decisión: la paciente se va a pabellón.
La determinación la tomó de urgencia, luego de haber sido consultado por los facultativos que atendían a María Elena, quien se retorcía de dolor en una sala de la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del recinto conocido desde 1993 como Hospital de Urgencia Asistencia Pública Doctor Alejandro del Río.
El síntoma era el mismo que no la dejó dormir tres días antes, cuando de madrugada, cerca de las 04:00 de la mañana, llegó hasta el Centro de Referencia de Salud (CRS) de Maipú acompañada de su esposo, Patricio, por cálculos vesiculares.
El panorama estaba relativamente claro hasta entonces pese al dolor, pero comenzó oscurecerse tras ser derivada precisamente hasta la ex Posta Central horas después, lugar donde días más tarde encontró la muerte por una negligencia médica. La cadena de errores terminó con el fallo de la Corte Suprema conocido este jueves, en el que se ordenó el pago de 50 millones de pesos al viudo de la afectada.
La ecotomografía que llegó tarde
María Elena ingresó al hospital a las 13:42 horas del 9 de enero. El diagnóstico era colecistitis aguda, es decir, una fuerte inflamación de la vesícula biliar.
No fue hasta las 18:00 horas que logró ser atendida por el médico de turno, mientras que poco más de tres horas después fue llevada a la sala para ser sometida al examen físico.
Sus ojos estaban amarillentos y al pasar la mano por su abdomen el dolor se hacía insoportable. Así las cosas, pasada la medianoche se ordenó una ecotomografía, la que se hizo recién a las 13:10 horas de ese 10 de enero.
En buenas cuentas, pasó toda la noche y todo el día así, probablemente sin conciliar el sueño, pues los resultados llegaron a las 20:55 horas y revelaba lo evidente: la vesícula estaba llena de cálculos. Sin embargo, por motivos que se desconocen, la confirmación formal de esa evaluación llegó recién al día siguiente, pese a que requería una intervención quirúrgica urgente.
Ese 11 de enero, inexplicablemente, nadie llevó a María Elena a pabellón.
Todo se oscurece
Una nota registrada el mediodía del 12 de enero da cuenta de cómo todo empeoró. Quien rellenó la hoja anotó que la paciente comenzó a sufrir taquicardia. No solo sus ojos se habían vuelto amarillentos, sino también su piel y unas manchas violetas aparecieron en sus piernas.
Ahora el diagnóstico es colecistitis aguda y colangitis aguda. Puesto en simple, a la inflamación de la vesícula se sumó la infección de los conductos biliares del hígado.
La pasividad en el hospital se transformó en urgencia, así que a las 14:45 horas una anestesista decidió trasladarla a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI), donde fue ingresada casi una hora después.
Al ser evaluada nuevamente, los facultativos decidieron consultar al subdirector Médico, quien -frente al cuadro de gravedad- determinó el ingreso a pabellón, donde a las 17:00 horas se le practicó una laparotomía abierta, es decir, una exploración al abdomen mediante cirugía.
Habían llegado tarde: la peritonitis ya era generalizada y los días posteriores fueron de mal en peor.
Para salvar la vida de María Elena, los profesionales adoptaron varias medidas, pero el diagnóstico no hizo más que agravarse, pues la paciente sufrió un shock séptico, al que le siguió una falla orgánica múltiple.
El 13 de enero a las 08:50 horas los médicos reportaron un problema renal agudo, por lo que se instruyó la diálisis diaria de la paciente sin lograr su recuperación.
La ficha clínica apunta que desde el 19 de enero la salud de la paciente siguió deteriorándose hasta que el 23 de ese mes, a las 07:00 horas, María Elena finalmente murió. Tenía 66 años de edad.
Los errores y la indemnización
Según se conoció más tarde, en la hoja de ingreso de la enfermería María Elena ya estaba consignada como “paciente de alto riesgo”, lo que convertía a cada minuto que pasaba en un factor de vida o muerte para la mujer.
Precisamente la demora en el resultado de la ecotomografía y en la operación quirúrgica mientras continuaba el acelerado deterioro de salud de la enferma, terminó sellando su deceso.
En buenas cuentas, según concluyó durante el proceso judicial el perito médico, José Amat Vidal, las acciones adoptadas en el recinto se dieron sólo por la evolución negativa de la paciente y al agravamiento de su condición y no por una atención oportuna, lo que provocó que su estado no pudiera revertirse.
Al menos así queda estampado en el proceso judicial que terminó en la Corte Suprema y que ordenó el pago de 50 millones de pesos para Patricio, el viudo de María Elena, de acuerdo al fallo dado a conocer este jueves en contra del Servicio de Salud Metropolitano Central.
La determinación del máximo tribunal del país es lapidario, al desestimar los argumentos del Servicio de Salud que apuntaban a un “hecho inusual” que “no permitió prever, clínica ni radiológicamente, el cuadro de agravamiento súbito e inesperado que experimentó”.
Por el contrario, la Suprema sostuvo que “se encuentra suficientemente acreditada la negligencia médica del hospital en cuestión tanto por la calidad de la atención como por la demora en que se incurrió para identificar correctamente la patología en proceso y el suministro de las prestaciones efectiva y adecuadas”.
Fuente: BioBioChile