La Corte Suprema acogió un recurso de protección interpuesto por Guillermo Namor Esbry, subprefecto de la Policía de Investigaciones (PDI) de Atacama.
De esta forma, el máximo tribunal dejó sin efecto el decreto, dictado por el Ministerio del Interior, que dispuso el retiro absoluto de Namor, esto después de denunciar hechos de corrupción en la Brigada Investigadora de Robos de Copiapó. Con esto, se ordenó a la Dirección Nacional de la PDI que el alto oficial se reincorpore a sus filas.
La deliberación estuvo a cargo de el ministro Sergio Muñoz, la ministra Adelita Ravanales, los ministros Mario Carroza, Jean Pierre Matus y el abogado (i) Pedro Águila. Desde la Tercera Sala de la Corte Suprema, se entregó la sentencia que estableció un actuar arbitrario de la institución policial al disponer el pase a retiro del subprefecto.
En primera, se señaló que, a través de un oficio, se hizo el llamado a retiro de Namor Esbry por cumplir 30 años de servicio en la institución. Pero, el subprefecto presentó reparos ya que de los 42 oficiales que podían ser llamados a retiro, él fue el único que tuvo que hacerlo.
Hecho que, según la resolución del Tribunal, demostraba una arbitrariedad y una discriminación que carece de razón. Por lo que la institución habría “vulnerando la garantía establecida en el artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la República, esto es, la igualdad ante la ley, la que en la especie, se da entre el recurrente y los 42 oficiales policiales de su misma promoción, cuya nómina se acompañó en estos autos, los que se encontraban en igual situación que el actor, cumpliendo los 30 años de servicios el día 2 de enero de 2021, los que también presentaron la solicitud respectiva, no obstante aquello respecto de ninguno de ellos fue cursado el retiro”, afirma la resolución.