Cabe destacar que previo a la resolución del órgano partidario, Andrade había comunicado ayer su renuncia en medio del escándalo por el caso convenios.
El Tribunal Supremo de Revolución Democrática determinó por unanimidad expulsión de los principales militantes involucrados en el caso convenios: Daniel Andrade y Carlos Contreras.
La decisión fue adoptada en la audiencia de este jueves y se acoge en lo “dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento de Procedimientos de Revolución Democrática, y en la ley de Partidos Políticos”, según señaló el partido en un comunicado público.
En la misiva, la colectividad señala que “continuaremos poniendo a disposición los antecedentes del caso ante el Tribunal Supremo, para que tome las decisiones que considere pertinentes, reafirmando nuestro compromiso de actuar con tolerancia cero frente a los hechos que dañan a la fe pública”.
Cabe destacar que antes de la resolución del Tribunal Supremo, Andrade había comunicado ayer su renuncia a la colectividad. En horas de la mañana deljueves, el representante de Democracia Viva remitió un correo electrónico al partido, solicitando suspender “cualquier resolución hasta que haya una resolución judicial” sobre su caso.
Según consignó La Tercera, Andrade adujo que “no puedo defender mi inocencia activamente en este procedimiento (el que llevaba el Tribunal Supremo de RD) porque mis defensas mañana serán utilizadas en el proceso penal cuando todavía no he sido citado a declarar y, por lo tanto, no he podido optar a declarar o a mantener silencio”.
En ese correo, la ex pareja de Catalina Pérez acotó que “yo ya he renunciado al partido hace unos días”.
“De conformidad a las disposiciones del artículo 22 de la Ley N°18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, en relación al artículo 19 N°15 de la Constitución Política de la República, actualizado al 31 de mayo de 2023, don (a) Daniel Francisco Andrade Schwarze (…) no figura con afliación política vigente”, se indica en el certificado que el propio Andrade remitió al partido.
FUENTE EMOL