La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección deducido en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por omitir pronunciamiento ante solicitudes de dar término anticipado al procedimiento de evaluación ambiental del proyecto Los Bronces Integrado, de Anglo American Sur.
En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada rechazó con costas el recurso intentado por la Corporación de Defensa de la Cuenca del Mapocho en contra del servicio evaluador.
“Que, de la simple lectura de la solicitud planteada, se advierte que aquella se aparta de la naturaleza cautelar de esta acción constitucional, la que como se desprende del artículo 20 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto reaccionar contra una situación de acto anormal que de manera evidente vulnere una garantía constitucional”, plantea el fallo.
La resolución agrega que “el reclamo al que hace referencia el recurrente, excede con creces el presente arbitrio, puesto que para ello se ha establecido un procedimiento especial conforme lo dispone el artículo 60 de la Ley 19.300, cuyo conocimiento corresponde a los Tribunales Ambientales, que expresa: “Será competente para conocer las causas que se promuevan por infracción a la presente ley, el Tribunal Ambiental, de conformidad a las normas de procedimiento establecidas en la ley que lo crea”.
Fuente: mch.cl