Recientemente, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), reformuló cargos contra de la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) respecto de la Fundición Hernán Videla Lira (FHVL), ubicada en la localidad de Paipote, en Copiapó.
Según lo señalado por la entidad fiscalizadora, esto se debería “por no ajustarse al Plan de Acción Operacional, registrándose reiteradas alzas de concentraciones de Dióxido de Azufre (SO2) en las estaciones de monitoreo de ENAMI, Tierra Amarilla y Paipote”.
Las infracciones constatadas fueron clasificadas como graves y gravísimas por haber generado un riesgo significativo para la salud de la población. En el mismo acto, se formularon cargos por incumplimientos reiterados a la Norma de Emisión para Fundiciones de Cobre y Fuentes Emisoras de Arsénico por parte de ENAMI, constatados en los años 2019 y 2020.
El jefe de la Oficina Regional de Atacama de la Superintendencia del Medio Ambiente, Felipe Sánchez, comentó a Nostálgica el origen de este proceso:
Frente a lo anterior, la SMA realizó actividades de fiscalización periódicas, constatando episodios de superación de niveles de emergencia ambiental de SO2 los días 17 de abril, 27 de abril, 6 de mayo, 24 de mayo, 7 de junio y 8 de junio del presente año. Las inspecciones también demostraron que la cantidad de toneladas de mineral a fundir diariamente, superó las 1200 ton/día consideradas en el Plan Operacional.
Sánchez puso en relevancia que en casos como el expuesto, la ciudadanía cumple un rol esencial al efectuar las respectivas denuncias, ya que sirven como el punto de inicio de las investigaciones y de las fiscalizaciones por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente.
En el caso del investigado y fiscalizado en la Fundición Hernán Videla Lira de ENAMI, se presentaron siete infracciones, siendo, por ejemplo la séptima se especifica que “la empresa no validó los Sistemas de Monitoreo Continuo (CEMS) instalados en las chimeneas de la Planta de Tratamiento de Gases de Cola, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2019 al 20 de diciembre de 2019”.
El jefe de la Oficina Regional de Atacama de la Superintendencia del Medio Ambiente, detalló los caminos a seguir, respecto de la formulación de cargos por parte de los señalados como imputados medioambientalmente:
Felipe Sánchez explicó la manera de cómo se obtuvieron los datos precisos para poder sustentar la formulación de cargo a la ENAMI:
ENAMI podrá ser objeto de una clausura o multa de hasta 5.000 unidades tributarias anuales (UTA) respecto de las infracciones graves, y de una clausura o multa de hasta 10.000 UTA respecto de las infracciones gravísimas.