Integrantes de la causa ciudadana enfocada en el ente rector señalaron que si bien todas las propuestas utilizan la palabra “autonomía”, en la práctica esta no estaría asegurada.
Históricas jornadas se han vivido esta semana la Convención Constitucional, en las cuales el pleno ha deliberado y votado en general diversas normas que alcanzaron mayoría simple en las comisiones temáticas. Fue el caso -este miércoles- de las iniciativas emanadas de la Comisión de Forma de Estado, en tanto que el martes revisaron aquellas provenientes de la Comisión sobre Sistemas de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional.
Y es precisamente en esta última instancia donde, en su sesión 38, se dio inicio al análisis de diversas propuestas que abordan al Banco Central y su rol.
Con el principio de autonomía respecto del ciclo político destacando en cada una de las presentaciones, el diálogo partió ayer con el consenso reconocido, tanto por los convencionales como por expertos, del respeto a este principio. Esto, considerando que, además de poseer un capítulo en la actual Constitución que lo explicita, el detalle del funcionamiento del instituto emisor está en una ley orgánica de rango constitucional.
Dicha norma define al Banco Central como “un organismo autónomo, de rango constitucional, de carácter técnico, con personalidad jurídica, patrimonio propio y duración indefinida”. Asimismo, señala que la entidad tendrá por objeto velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos.
No obstante lo anterior, la independencia del gobierno de turno del ente rector ha sido un tema que ha estado en el foco de economistas, expertos y políticos, especialmente en tiempos de una fuerte escalada inflacionaria, que ya bordea el 8% anual en Chile.
Es así como integrantes de la Iniciativa Popular denominada “Banco Central Autónomo” manifestaron a Emol ciertos reparos respecto al reguardo de la autonomía de la entidad en varias de las propuestas de los convencionales.
Frente a esto, María Pía Eberhard, abogada y miembro del equipo, valoró en primer lugar que este precepto “sea un eje transversal en todas las propuestas presentadas a la Convención”.
Con todo, explicó que “el alcance de la palabra autonomía varía según la propuesta presentada y, desde nuestro punto de vista, existen iniciativas que, si bien utilizan la palabra autonomía, en la práctica no la garantizan. En este sentido, que la remoción política de los consejeros, considerado uno de los aspectos más importantes para la autonomía del Banco Central, pase a ser materia de ley simple, es un riesgo importante para mantener dicha autonomía ya que queda sujeta a mayorías simples temporales, restando estabilidad a la política monetaria”.
En virtud de aquello, desde “Banco Central Autónomo” proponen “una gobernanza realmente alejada de los ciclos políticos de corto plazo en rango constitucional y además proponemos que la remoción de los consejeros no sea dirimida a través de una acusación política. Creemos que estas características son las que permiten tener un Banco Central realmente autónomo y protegido de los vaivenes políticos de los ciclos electorales”.
Consejo del Banco Central
La administración del Banco Central corresponde al Consejo, constituido por cinco integrantes designados por el Presidente de la República, con previo acuerdo del Senado, quienes durarán diez años en sus cargos, y podrán ser designados para nuevos periodos. Se renovarán por parcialidades, a razón de uno cada dos años, según la Ley Orgánica Constitucional que lo regula.
Además, el presidente del ente rector –cargo que a principios de febrero asumió Rossana Costa– también será nombrado por el Mandatario, y su administración durará por cinco años, o el tiempo menor que le reste como consejero, pudiendo ser reelecto. En ese sentido, uno de los puntos en los que se centró el debate de los convencionales tuvo relación con la remoción de los consejeros, y si esta herramienta debiese mantener su rango de constitucional, o perdurar como materia de ley.
Sobre tal aspecto, la normativa indica en su artículo 17 que el “el Presidente de la República, por causa justificada y previo consentimiento del Senado, podrá remover a alguno o la totalidad de los miembros del Consejo”.
Detallando que “la remoción sólo podrá fundarse en la circunstancia de que el consejero afectado hubiere votado favorablemente acuerdos del Banco que impliquen un grave y manifiesto incumplimiento de su objeto” y “siempre que dicho acuerdo haya sido la causa principal y directa de un daño significativo a la economía del país”.
Respecto de esto, la economista Francisca Pérez, quien participa del comité asesor de la plataforma ciudadana, aseguró que “es sumamente importante que la designación, sea técnica y tenga escalonamientos que eviten cambios bruscos, es decir, que los nombramientos sean alternados”.
“Que un Presidente y Congreso elija más de la mitad de los consejeros no ayuda a mantener la independencia, al contrario, hace que su nombramiento esté marcado por el momento político que está pasando el país en ese instante. En cambio, si es alternado cada dos años o dieciocho meses, la circunstancia en la que fueron elegidos para ser parte del Consejo se diluye entre el resto de los consejero”, acotó.
En cuanto la extensión del Consejo, algunas iniciativas apuntan a bajar el periodo del presidente de cinco a tres años. Sin embargo, Andrés Larraín, ingeniero civil y miembro de la iniciativa popular, resaltó que “la política monetaria eficaz, es de ciclos largos, pero si tú le dices al presidente del Banco Central que su mandato dura tres años, él se verá obligado a buscar resultados más inmediatos que lo que una buena política monetaria aconseja. En ese sentido, la recomendación de la literatura es clara: el mandato del presidente del Banco Central debe durar más que el mandato del Presidente de la República, para sacarlo realmente del ciclo político”.
¿Ampliar funciones?
Por otro lado, algunas de las medidas buscan ampliar las funciones de instituto emisor, de modo que tenga en cuenta no solo la estabilidad de los precios, sino que también objetivos de pleno empleo, protección del medio ambiente, desarrollo económico, entre otros.
Con todo, Nicolás Ossandón, abogado y parte del equipo de “Banco Central Autónomo”, afirma que ampliar sus atribuciones podría ser perjudicial.
“Es recomendable que el Banco Central mantenga el rol de velar por la estabilidad de precios y el normal funcionamiento de los medios de pago (…) es una institución muy valiosa, que no ignora la realidad de lo que ocurre con la sociedad, y que vela por ella, en el cumplimiento de sus funciones. Si bien existe una tentación por diversificar el rol de una institución que ha funcionado muy bien en nuestro país, y que ha sido reconocida internacionalmente por ello, no debemos olvidar el riesgo de multiplicar los papeles de una sola entidad”, dijo.
Tras ello, advirtió que “eso puede provocar que pierda la virtud que le otorga el focalizarse de buena forma en pocas cosas, pero muy importantes para el país”.
Mientras que Pérez recomienda “que se tomen en cuenta variables importantes como el empleo y condiciones climáticas con obligatoriedad de dicha consideración de rango constitucional. Pero decir que la política monetaria tiene como objetivo el crecimiento y disminuir el desempleo, y fijar una responsabilidad en el cumplimiento de dichas metas, es irresponsable e irrealista. Ese tipo de políticas no son parte de las atribuciones de un Banco Central, sino del Estado”.
Junto con ello recalcó que “impulsar el crecimiento y el empleo genera inflación y pérdida de valor de la moneda, y es justamente el Banco Central el que resguarda y vela que los sueldos de los chilenos no pierdan valor”.
Principios a resguardar
Consultados por aquellas características que debieran quedar plasmadas en la nueva Carta Fundamental respecto a la gestión y administración del Banco Central, Ossandón sostuvo que “es indispensable que la administración y gestión del Banco Central se mantenga alejada de las pasiones y vaivenes propios de todo ciclo político. Esto no significa que en la toma de sus decisiones se mantenga ajena de la realidad del país, sino que significa que el Banco Central tome sus decisiones sin presiones políticas indebidas”.
“Por otro lado, la transparencia también resulta fundamental. Los procesos de elección de sus miembros, y los motivos por los que adoptan determinadas decisiones deben ser conocidos por la ciudadanía”, declaró.
Larraín, en tanto, habló de tres puntos esenciales, que son la “gobernanza autónoma en los hechos, eso implica que el ejercicio del Banco sea realmente independiente del ciclo político, en concreto que la remoción, la duración, etcétera, sea consistente con ese principio. Las restricciones, no financiar gasto público con emisión y un mandato moderno, sin retroceder a mandatos del siglo XX ya obsoletos en el mundo desarrollado”.
Finalmente, Pérez subrayó que se requiere “un Banco Central de cara a los nuevos desafíos que enfrentará el país”, lo que no implica que no requiera actualizaciones.
Por ello, concluyó que “uno de esos cambios va en línea con la integración de la mujer en todos los niveles de su estructura, especialmente en el Consejo y Alta Gerencia, y otro es la necesidad de hacer frente al cambio climático. Y si bien un Banco Central no tiene las atribuciones como para frenarlo, eso no quiere decir que no pueda contribuir, desde su mirada, a entender maneras de abordarlo”.
Fuente: Emol.com