El Senado de la República aprobó por unanimidad el proyecto presentado por los estudiantes del Liceo Técnico Profesional de Copiapó, ganadores del Torneo Delibera 2023 en Chile, para ampliar la cobertura de la Ley Ricarte Soto e incluir a más personas afectadas por enfermedades raras o poco frecuentes, quienes requieren recursos considerables para afrontar sus tratamientos médicos.
Gracias a las gestiones de los senadores por Atacama, Yasna Provoste (DC) y Rafael Prohens (RN), quienes lograron juntar las firmas necesarias para ingresar la iniciativa, hoy ve la luz verde, quedando en condiciones para que el Presidente de la República la acoja y la convierta en ley.
El proyecto, que recoge de manera íntegra la propuesta presentada por los estudiantes _Sofía Naranjo Angel, Francisca Astorga Cortés, Valentina Vergara Tapia y Jean Carrasco Pallante, bajo la guía del profesor Luis Pérez Traslaviña,_ insta al Presidente de la República a enviar al Parlamento una iniciativa que amplíe la cobertura de la Ley Ricarte Soto para incluir a personas afectadas por enfermedades raras o poco frecuentes, quienes requieren recursos considerables para afrontar sus tratamientos médicos.
Este es un mandato claro del Senado de Chile para que el Presidente acoja el proyecto y lo transforme en una medida concreta que responda de manera efectiva a las urgencias en materia de salud en el país.
Antecedentes de la “Ley Ricarte Soto”
La ley 20.850, conocida como Ley Ricarte Soto, establece un sistema de protección financiera para el diagnóstico y tratamiento de enfermedades de alto costo. Su objetivo es garantizar el acceso a medicamentos e insumos médicos que no están cubiertos por el sistema público de salud ni por las ISAPRES. La ley beneficia actualmente a personas que padecen alguna de las 27 patologías incluidas en el listado oficial, el cual se actualiza periódicamente según criterios técnicos y científicos.
Han pasado cinco años desde la última modificación a la ley, lo que hace necesario revisar la legislación para generar cambios que se ajusten a la realidad actual y superen los inconvenientes detectados tras la implementación de la ley Ricarte Soto.
Cada tres años, mediante decreto supremo, los Ministerios de Salud y de Hacienda fijan el umbral nacional de costo anual. Si el tratamiento excede el 40% de los ingresos familiares promedio, descontando los gastos básicos de subsistencia, tendrá cobertura. Sin embargo, aún no se ha actualizado el decreto a pesar de haber pasado más de tres años.
El presente proyecto de ley reviste suma urgencia, ya que se trata de vidas en riesgo al no tener los medios para costear un tratamiento. Considerando la realidad económica actual, con un elevado porcentaje de inflación, es imperativo actualizar anualmente los registros y mediciones del valor de los procedimientos médicos, y no cada tres años como establece la actual ley.
Presentación del proyecto
En lo sustancial, el proyecto busca modificar el período de actualización del decreto para fijar el umbral nacional de costo anual de “cada tres años” a “cada un año”, agregando un inciso adicional que establezca fiscalización en caso de incumplimiento. Además, se busca rectificar la distribución del dinero establecido para la Ley y las inversiones que realiza el Ministerio de Hacienda con el 20% de los recursos anuales dispuestos en esta Ley, para beneficiar a personas que actualmente no califican para acceder a sus tratamientos médicos.
La modificación a la Ley Ricarte Soto pretende ampliar la cobertura de las necesidades anuales, garantizando que el valor del umbral refleje la realidad económica del país. Asimismo, se procura aumentar el porcentaje de los fondos utilizados para el financiamiento de diagnósticos y/o tratamientos de alto costo, y asignar un porcentaje para enfermedades excepcionales que no están presentes en la Ley 20.850.
La última versión del Decreto N° 2, que determina los diagnósticos y tratamientos de alto costo con sistema de protección financiera de la Ley N° 20.850, fue constituida en 2019, con una fecha de término de 30 de junio de 2022, incumpliendo el Artículo N° 6 de la ley, que establece que el decreto debe ser revisado y actualizado cada tres años, haciendo necesaria la fiscalización para evitar situaciones como esta.
Según el artículo 33 del decreto ya mencionado, la Dirección de Presupuesto emitió el Informe de Sustentabilidad Financiera, demostrando que el costo anual de todos los tratamientos señalados no supera el 80% de los recursos del fondo, destinándose el 20% restante a inversiones para sustentar la misma Ley. En 2023, se ha recaudado un total de $280.000.000.000 según lo establecido en el artículo 12 de la Ley 20.128.
Estos recursos permiten sustentar la Ley y aumentar el financiamiento de diagnósticos y/o tratamientos de alto costo, asignando un porcentaje para enfermedades excepcionales como la Atrofia Muscular Espinal (AME), una patología que afecta tanto a niños como a adultos en Chile, con tratamientos de costos exorbitantes que causan endeudamiento y empobrecimiento de las familias afectadas, incumpliendo así el propósito de la Ley 20.850.